Si observamos la comparación entre las movilidades anuales que publica en un comentario Juan Carlos observamos que este año la movilidad anualizada, nominal no acumulativa correspondiente a
Movilidad General: 18,26% (marzo/15) + 12,49% (Septiembre/15) = 30,75%
Movilidad Docentes Nacionales: (se rige por índice RIPDOC) 18,26% (marzo/15) + 8,86% (Septiembre/15) = 27,12%
Movilidad Docentes Universitarios: (se rige por índice RIPDUN)
28,19% (marzo/15) + 17,09% (Septiembre/15) = 45,28%
Como podemos observar la más baja es la movilidad de los docentes nacionales QUE ES LA NUESTRA.
El porqué:
Por la fórmula con la que se calcula cada una. Ya lo hemos descrito varias veces, No está de más recordarlo.
Movilidad General: Se toma para calcularlo no sólo la variación salarial sino también la variación de la recaudación tributaria.
Movilidad Docentes Nacionales: RIPDOC: se efectúa un cociente entre la masa de remuneraciones sujeta a aportes de los cargos docentes con destino al SIPA(ANSES) y el total de docentes que aportan al SIPA (ANSES).
O sea que quedan excluidas todas las remuneraciones que reciben los docentes en negro, que son muchas (como el incentivo docente) y dependen de cada provincia.
También quedan excluidas las remuneraciones de los docentes cuyas cajas no fueron transferidas al ANSES( Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego), Como los aumentos son desiguales en las distintas provincias esto nos perjudica.
Movilidad Docentes Universitarios: RIPDUN: Se calcula sobre la base de las variaciones en las remuneraciones de los docente de todas las universidades nacionales. Además es una ley (Ley Nº 26.508, reglamentada por la resolución 33/2009.
Como se ve los gremios docentes universitarios trabajaron para beneficiar a sus afiliados. No así CTERA, que no se interesó en implementar el verdadero espíritu de la ley 24016.
Creo que este próximo año debemos empezar a gestionar para revertir esta situación.