domingo, 18 de diciembre de 2022

¡Felices fiestas!

Estimados colegas. Ante todo un agradecimiento por el acompañamiento, sin ustedes este blog no sería posible. 

Este ha sido un año de lucha, pero al final hemos sido recompensados. Les deseo muchas felicidades para estas fiestas. Nos volvemos a encontrar el año próximo. Un fuerte abrazo a todos.

viernes, 16 de diciembre de 2022

Ripdoc diciembre 20,15 %. Confirmado

 Desde Anses me informan que el RIPDOC de diciembre será del 20,15% y se abonará en enero con los respectivos retroactivos.

miércoles, 7 de diciembre de 2022

RIPDOC DICIEMBRE 20,15% No oficializado. Información Dr. Anibal Paz

Nuevamente el Dr. Anibal Paz a través de un pedido de información pública a la Secretaría de La Seguridad Social obtuvo los parámetros para estimar las movilidades Jubilatorias de docentes y docentes universitarios.

Copio el texto que el Dr. ha publicado en su Facebook. 

Gracias Dr. Aníbal Paz



 Movilidad Regímenes Especiales: Docentes, Universitarios, - Anticipo

A través de un pedido de acceso a la información pública, la Secretaría de Seguridad Social de la Nación nos ha informado los parámetros que permiten estimar la movilidad jubilatoria de Docentes (Dec. 137/05), Universitarios (Ley 26.508) y Luz y Fuerza (Res. MTEySS 268/09, 824/09 170/10 y Conv. SSS 09/10) para el mes de diciembre:

Ø Docentes: RIPDOC: 20,15% (aún NO oficializado)

Ø Universitarios: RIPDUN: 18,60 % (aún NO oficializado)

Ø Índice Luz y Fuerza: 14,14% (aún NO oficializado)

Recordamos que todos los índices dejan de ser de aplicación semestral (marzo y septiembre de cada año), para pasar a ser trimestrales (marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año).

En todos los casos, en su primera aplicación, por vía de excepción, la movilidad correspondiente al mes de dic/2022 se pagará en ene/2023.

De esta manera, todos los índices especiales de movilidad pasan a ser trimestrales, tal como ocurre con la pauta de movilidad del Régimen General establecido en la Ley 27.609.

Los Investigadores y Científicos (dic. 160/05), en tanto, se rigen por los aumentos generales de la Ley 27.609 de 15,62%. (Res. Oficializado ANSES 260/22

Recordamos que todos los índices dejan de ser de aplicación semestral (marzo y septiembre de cada año), para pasar a ser trimestrales (marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año).

En todos los casos, en su primera aplicación, por vía de excepción, la movilidad correspondiente al mes de dic/2022 se pagará en ene/2023.

De esta manera, todos los índices especiales de movilidad pasan a ser trimestrales, tal como ocurre con la pauta de movilidad del Régimen General establecido en la Ley 27.609.

Los Investigadores y Científicos (dic. 160/05), en tanto, se rigen por los aumentos generales de la Ley 27.609 de 15,62%. (Res. Oficializado ANSES 260/22


Aclaro: Todavía no tenemos información sobre si será retroactivo el cobro de enero.

Apenas tenga información la subo al blog.