jueves, 24 de noviembre de 2022

CIRCULAR DP Nº 44/22 Buenos Aires, 23 de noviembre de 2022

 INCREMENTO PARA JUBILACIONES Y PENSIONES RÉGIMEN DOCENTE - DECRETO Nº 137/05 - MENSUAL DICIEMBRE/2022

NO INCLUYE EL PORCENTAJE RIPDUN

"Se informa a las Áreas Operativas de esta Administración que a partir de la modificación establecida por la Res. MTEySS N° 1567/2022, las movilidades correspondientes al Régimen Docente Dto. 137/2005, será trimestral siendo el primer mes de aplicación diciembre/22. Asimismo, también establece que dicha movilidad se abonará en Enero/2023, por lo cual una vez que la Secretaría de Seguridad Social informe el índice de aumento correspondiente, se procederá a brindar las pautas sobre su aplicación en la liquidación previsional.

En función a lo expuesto se brindan las pautas de liquidación de este tipo de prestaciones para el mensual 12/2022 teniendo en cuenta los nuevos valores de haber mínimos, máximos y de PBU. Haber mínimo = $ 50.124,26 Haber máximo = $ 337.288,80 Prestación Básica Universal (PBU) = $ 22.929"

Después explica que se debe incrementar el PBU y por lo tanto restar ese monto de aumento de otro item, porque cobraremos igual que mensual noviembre.

APENAS TENGA NOVEDADES DEL RIPDOC LO COMUNICO.

martes, 8 de noviembre de 2022

Se oficializó la movilidad trimestral para los jubilados docentes nacionales por  Resolución 1567/2022 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicada hoy en el Boletín Oficial.

"LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el artículo 5° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 30 del 28 de septiembre de 2011, por el siguiente:

“ARTÍCULO 5°.- Establécese que para los beneficios alcanzados por el Suplemento “Régimen Especial para Docentes” se otorgará la siguiente actualización:

a) en el mes de marzo de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que se registra entre los meses de septiembre y diciembre del año anterior;

b) en el mes de junio de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que se registra entre los meses de diciembre del año anterior y marzo del año corriente;

c) en el mes de septiembre de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que se registra entre los meses de marzo y junio del año corriente;

d) en el mes de diciembre de cada año, la variación de la “Remuneración Imponible Promedio Docente” (RIPDOC) que se registra entre los meses de junio y septiembre del año corriente.”

ARTÍCULO 2º.- Encomiendase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL, dependiente de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ya la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), cada una en el ámbito de sus respectivas competencias, el dictado de las normas y/o procedimientos que sean necesarios para la efectiva aplicación de lo dispuesto en la presente.

ARTÍCULO 3º.- La movilidad a otorgar en el mes de diciembre de 2022, conforme lo dispuesto en los artículos precedentes, se abonará en el mes de enero de 2023.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/275237/20221108

La Resolución para los docentes jubilados universitarios se publicó con el número

Resolucion 1566/2022

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viernes, 4 de noviembre de 2022

NOTICIA EN DESARROLLO

El gobierno actualizará los haberes jubilatorios para docentes cada tres meses


Publicada hoy 16.30 en diario Perfil
https://www.perfil.com/noticias/politica/gobierno-actualizara-haberes-jubilatorios-docentes-tres-meses.phtml

Se modificará la periodicidad de la movilidad de las prestaciones previsionales para docentes y trabajadores de la energía eléctrica. De esta manera, la movilidad de la jubilación para esos sectores se aplicará de manera trimestral en lugar de semestre.

El gobierno nacional modificará,  mediante tres resoluciones del Ministerio de Trabajo , la periodicidad de la movilidad de las prestaciones previsionales para docentes universitarios y no universitarios y para trabajadores de la energía eléctrica.

De esta manera, la movilidad de la jubilación para esos sectores se aplicará de manera trimestral en lugar de semestral, como ocurría hasta ahora, en paridad de condiciones temporales que el resto de los y las beneficiarias previsionales.

La medida, que beneficia a más de 200.000 personas, se implementa con el objetivo de mantener el valor de los beneficios previsionales de los colectivos citados y de homogeneizar los meses y la periodicidad en que éstos se actualizan, en consonancia con los del régimen general de jubilaciones y pensiones.

 de jubilaciones y pensiones.

La primer actualización se pagará junto a los haberes del mes de enero del 2023.

Hasta esta modificación, la actualización se realizaba dos veces al año en forma semestral. A partir de esta decisión, los haberes tendrán 4 actualizaciones por año, mejorando de esta forma el poder adquisitivo de las y los jubilados, permitiéndole que le ganen a la inflación.

Los sectores alcanzados son: 

1. Más de 9.600 jubiladas y jubilados del Régimen Previsional Especial para el Personal Docente de las Universidades Públicas Nacionales.

2. Más de 170.000 jubiladas y jubilados alcanzados por el suplemento “Régimen Especial para Docentes”.

3. Cerca de 36.000 jubiladas y jubilados de Luz y Fuerza.

En desarrollo

JD / MCP

 ESPEREMOS CON ESPERANZA LA RATIFICACIÓN DE ESTA NOTICIA

CTERA CONFIRMÓ LA NOTICIA

https://www.facebook.com/1434308296811106/posts/pfbid0222LutmYNUbwP6xeqaXPpgdQ2PwgzJ54VXiKoSug8wajQke3bWf4jvBYgXgjmR5Trl/


jueves, 3 de noviembre de 2022

Nuevo comunicado de CTERA sobre trimestralización movilidad jubilados docentes, publicado hoy en el facebook de CTERA

                         

                            CTERA SIGUE EXIGIENDO LA TRIMESTRALIZACION

                                             DE LA MOVILIDAD PARA LAS 

                                         JUBILACIONES DOCENTES NACIONALES



La junta ejecutiva de CTERA, mantuvo reuniones en estos días con autoridades de los ministerios de Economía, de Trabajo y de ANSES , en las cuales        se planteó la necesidad de establecer de manera urgente la trimestralizacion del pago del índice de actualización de las jubilaciones Docentes                 nacionales.

 

Frente a un escenario inflacionario es necesario que los incrementos de los haberes jubilatorios se abonen en periodos más cortos.

 

Estás reuniones se suman a las ya realizadas, manifestaciones, juntada de firmas y el paro nacional, no vamos a dejar de reclamar hasta que se anuncie la respuesta a este justo reclamo.

 

En estas    reuniones    se   informó    desde    el    gobierno   nacional,     que frente a las acciones realizadas desde nuestra confederación, existe la voluntad política de responder a este justo reclamo.

 

La CTERA siempre en defensa de la jubilación docente nacional. Buenos Aires, 3 de noviembre de 2022

Sonia Alesso Secretaria General

 

Roberto Baradel Secretario Adjunto

 

Jorge Malina

Secretario de Asuntos Previsionales


 "EXISTE LA VOLUNTAD POLÍTICA" dice el comunicado

 ¿SERA ESO UN SÍ, UN TAL VEZ, UN NO SÉ?

¿SERÁ PARA ESTE AÑO ( YA CASI IMPOSIBLE) O EL QUE VIENE O EL OTRO?

¿USTEDES QUE OPINAN?