sábado, 30 de octubre de 2021

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 Transcribo texto publicado en el Facebook del Dr. Anibal Paz 'jubilaciones docentes y por regímenes especiales'.

"Confirmado. Adelanto excepcional de 14,61% para jubilados docentes en concepto de movilidad según del RIPDOC para DIC/21, a cuenta de lo que corresponda en MAR/22.
Recordemos que la Res. MTEySS 659/21 dispuso que a los beneficios alcanzados por el suplemento “Régimen Especial para Docentes” del Dec. 137/05, se otorgará en el mes de diciembre de 2021, de manera excepcional, la variación de la Remuneración Imponible Promedio Docente (RIPDOC) entre los meses de junio y septiembre de 2021, con carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en el mes de marzo de 2022.
El porcentaje del aumento del 14,61% a cuenta fue informado a los responsables de esta página oficialmente.
Este aumento a cuenta alcanza a Docentes Preuniversitarios y Personal Civil Docente de las Fuerzas Armadas, entre otros.
Este aumento a cuenta NO alcanza a los Docentes Universitarios jubilados por Ley 26.508, ni tampoco a los Docentes con Haber Conjunto Dec. 137/05 + Ley 26.508 en aquellos casos en que la movilidad del haber integrado se rija por RIPDUN. (El Sector Sindical Universitario estaría negociando con las autoridades un aumento a cuenta similar para aplicar a estos casos excluidos, calculado sobre el índice RIPDUN, pero de momento no hay nada oficial al respecto. Si se aplicase idéntico criterio al de la Res. 659/21, el aumento a cuenta por RIPDUN debería ser del orden del 10%, correspondiente a la variación salarial de los activos entre Jun/21 y Sep/21)"

jueves, 28 de octubre de 2021

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Se oficializó el adelanto, en diciembre, del RIPDOC, a cuenta del RIPDOC de marzo, que fue anunciado por CTERA

BORA  Resolución N° 659/2021 MTESS

"...se dispone otorgar en el mes de diciembre de 2021, de manera excepcional, la variación de la RIPDOC entre los meses de junio y septiembre de 2021, con carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en el mes de marzo de 2022...

...el valor de las movilidades otorgadas a los beneficiarios del Suplemento “Régimen Especial Docentes” durante el año 2021 alcanza el TREINTA Y UNO COMA CUATRO POR CIENTO (31,4), valor que recepta las variaciones salariales durante el periodo anual comprendido entre junio de 2020 y junio de 2021.

Que este valor, en el marco de la emergencia económica y sanitaria que ha afectado al país, cabe ser atendido excepcionalmente en paridad de condiciones temporales que el resto de los y las beneficiarias previsionales....

"...EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que para los beneficios alcanzados por el suplemento “Régimen Especial para Docentes” creado por el Decreto N° 137 del 21 de febrero de 2005, se otorgará en el mes de diciembre de 2021, de manera excepcional, la variación de la Remuneración Imponible Promedio Docente (RIPDOC) entre los meses de junio y septiembre de 2021, con carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en el mes de marzo de 2022, conforme lo dispuesto por el artículo 5° de la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 30 del 28 de septiembre de 2011..."

Aclaro: Ese artículo se aplicó varios años. Se refiere a que en marzo, si el RIPDOC era menos a la movilidad general se conraba según esta última y luego la descontaban en setiembre. link al texto de la Res 30/2011 SSS por si alguien quiere consultar

https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/resoluci%C3%B3n-30-2011-190862/texto

Es decir,  se otorga un adelanto del RIPDOC correspondiente a julio, agosto y setiembre. En marzo cobraremos el RIPDOC de octubre, noviembre y diciembre.

Faltaría conocer de cuánto es el RIPDOC de esos tres meses. Espero estar equivocada pero creo que hasta mediados de noviembre no lo sabremos. Como dice el art 2 de la norma falta que la Anses y la SSS, dicten  de las normas y/o procedimientos que sean necesarios para la efectiva aplicación de lo dispuesto en la presente norma. Esperemos que realmente se aproxime al 14%

Esta resolución es importante, sobre todo porque es una forma de aplicar el RIPDOC cada tres meses, que es lo que veníamos solicitando. Esperemos que el año que viene también lo hagan en julio, Este es un primer paso.

Es verdad que cobraremos un poco más de aguinaldo en diciembre, pero no creo que eso sea lo relevante.

Lo importante es que, con este nivel de inflación, los salarios docentes no queden atrasados frente a ella y que el RIPDOC sea aplicado cada tres meses, y sobre todo que el Ministerio de trabajo haya tomado nota de la situación de los docentes jubilados.





jueves, 21 de octubre de 2021

 NUEVO COMUNICADO DE CTERA

En su facebook CTERA anuncia como un gran logro de su gestión un aumento de aproximadamente un 14% para jubilados docentes en diciembre, pero después aclara que es un adelanto del aumento correspondiente a marzo. O sea que si en marzo nos tocara un 20% de aumento cobraríamos un 8 % Es esto un gran logro? Lo dejo a vuestro criterio.

Reproduzco el comunicado de Ctera.

https://www.facebook.com/1434308296811106/posts/2971998709708716/

Gran logro para los Jubilados Docentes Nacionales: incremento en los haberes en diciembre 2021.
Desde la CTERA y como consecuencia de las gestiones realizadas por nuestra organización, podemos anunciar que se nos ha informado - el día martes 19 de octubre - desde el Ministerio de Trabajo de Nación, que se otorgará un incremento en los haberes de los jubilados docentes y que el mismo se cobrará en el mes de diciembre 2021.
Este porcentaje será un adelanto del aumento que corresponde al mes de marzo 2022.
Según las estimaciones de CTERA, será de aproximadamente el 14%, que se sumará a lo cobrado en los meses de marzo y septiembre de este año.
Este es un logro y un anuncio muy importante para los jubilados y jubiladas docentes de las 11 provincias con cajas transferidas a nación.
CTERA seguirá poniendo en valor la defensa permanente de la jubilación docente.
Buenos Aires, miércoles 20 de octubre 2021
Sonia Alesso
Secretaria General
Roberto Baradel
Secretario General Adjunto
Jorge Molina
Secretario de Asuntos Previsionales