miércoles, 27 de agosto de 2025

Publicación de Jubilaciones Docentes y por Regímenes Especiales

 AUMENTOS SEPTIEMBRE: Inflación | Jubilaciones | Regímenes Especiales | Salarios | Canasta Básica

"El INDEC anunció el valor del Índice de Precios al Consumidor y de la Canasta Básica Total:
》IPC INDEC: Jul/25: 1,9%, para un acumulado durante 2025 de 17,3% y una variación interanual de 36,6%. Las expectativas que mide el BCRA anuncian sendero decreciente para los próximos meses.
》CBT INDEC: Jul/25: $1.149.352,91 (familia tipo).
En cuanto a Salarios y Jubilaciones, las últimas estadísticas oficiales marcan lo siguiente:
》Salarios: El Salario Mínimo Vital y Móvil no tiene aumentos previstos para Sep/25, y ello afecta además a los jubilados con 30 años de aportes efectivos. En tanto que las últimas mediciones del Índice de Salarios INDEC y RIPTE fueron en Jun/25, y alcanzaron respectivamente 3% y 2,8%
》Jubilaciones Generales: Según la inflación del mes de Jul/25, ya se conoce cuál será el aumento que -por DNU 274/24- recibirán los jubilados del Régimen General y del Régimen Especial de Investigadores en Sep/25 y que alcanzará el 1,9%. El Tope de la Jubilación Máxima vigente (Art. 9 Ley 24.463) y por acumulación de Jubilación + Pensión aumenta en la misma medida. El siguiente aumento para los mencionados regímenes será en Oct/25. En este régimen queda por confirmar la continuidad del Bono de refuerzo previsional.
》Jubilaciones Especiales: De acuerdo al proceso habitual de acceso a la información pública podemos confirmar como oficial la movilidad jubilatoria de los Regímenes Especiales para el mes de Sep/25: RIPDOC: 6,90%, RIPDUN: 2,62%; y RIPLYF: 13,81%, correspondiente a Docentes, Universitarios, y Trabajadores de Luz y Fuerza respectivamente. El siguiente aumento para los mencionados regímenes será en Dic/25. El tope del Art. 9 Ley 24.463 afecta también a los beneficiarios de los regímenes especiales, quienes pueden reclamar judicialmente.
》RIPDUN: (Post Script agregado el 15/08/25: El Gobierno anunció días atrás aumentos para Docentes Universitarios quienes con el salario de Ago/25 (que se cobra en Sep/25) recibirán aumento de 3,95%, a razón de 1,3% mensual para Jun, Jul y Ago, meses en los que no hubo aumento alguno. Los próximos aumentos serán de 1,2% en Sep/25, y de 1,1% en Oct/25 y Nov/25, para un total de 7,5% por el periodo Jun-Nov. Además se dispuso el pago de un complemento excepcional para Personal Docente con Dedicación Exclusiva de $25.000, valor que se proporciona para las demás dedicaciones.Conforme a estos anuncios, el índice de movilidad jubilatoria RIPDUN de Dic/25 será de 3,85%, correspondiente a los aumentos salariales señalados, en el trimestre Jul-Sep. Ahora bien, el aumento salarial retroactivo para el mes de Jun/25 no impactó en el RIPDUN de Sep/25, y por lo tanto debería ser incorporado en el de Dic/25, con más un suplemento equivalente al 1,3% no abonado entre Sep y Dic, o bien deberia ser abonado a mediante una reliquidacion de los haberes jubilatorios de Sep. El complemento excepcional dispuesto tampoco sería considerado en los haberes jubilatorios"
Estudio Paz Zurita – Abogados

miércoles, 13 de agosto de 2025

LA FRAGMENTACION DEL SISTEMA PREVISIONAL ARGENTINO.

 FRAGMENTACION DEL SISTEMA PREVISIONAL ARGENTINO.

 En nuestro país conviven muchos sistemas previsionales, el nacional-SIPA- algunos provinciales, los profesionales, los especiales, etc. Haremos una comparación entre el sistema nacional SIPA y los provinciales que no transfirieron sus cajas previsionales (requisitos para acceder, la movilidad, porcentaje de cobro sobre el activo).

Originalmente cada provincia administraba su propio sistema,

En la década del '90 hubo convenios por los cuales 10 provincias transfirieron el régimen provincial al nacional, dado que mantenían un fuerte déficit en sus cuentas. Por ese pacto las provincias que transfirieron sus cajas se comprometieron a adecuar sus regímenes al sistema nacional y La Nación se comprometió a contribuir con recursos del tesoro con transferencias para paliar el déficit de sus cajas.

En el presente, tres provincias continúan con regímenes previsionales propios para los empleados de sus administraciones públicas: Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego. Los restantes decidieron transferir sus cajas previsionales al Estado nacional, integrándose al sistema nacional de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

 Esta decisión implicó que la Nación asumiera el pago de las prestaciones previsionales de los beneficiarios de esas provincias.

 




Provincias que transfirieron sus cajas

Provincias con cajas propias


Principales diferencias entre sistemas provinciales y sistema nacional de jubilaciones

En materia de condiciones de acceso necesarias para recibir un beneficio previsional se encuentran diferencias significativas entre los regímenes provinciales, así como respecto al SIPA nacional (Sistema Integrado Previsional Argentino). Además, las trece cajas provinciales no transferidas cuentan con diferentes tasas de aportes y contribuciones para diferentes regímenes, las cuales también difieren con relación al SIPA.

Comparación de sistemas jubilatorios provinciales y nacionales

Edades de retiro, tasas de aportes y años de contribución

Las condiciones para acceder a la jubilación presentan diferencias notables entre los regímenes provinciales y el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) nacional.

Las tasas de deportes personales también varían entre los sistemas.

Resumen comparativo

·       Las edades de retiro y los años de contribución exigidos varían considerablemente entre provincias y respecto del SIPA nacional.

·       Las tasas de aportes personales y patronales muestran disparidad, con algunas provincias aplicando porcentajes más elevados y otras, más bajos que el sistema nacional.

·       La diversidad de normativas provinciales configura un mosaico provisional donde cada jurisdicción adapta sus requisitos según criterios propios.

Edades legales de retiro y años de contribución requeridas. Cajas provinciales no transferidas y SIPA (Nación)


*50 años de edad y 25 años de servicios docentes

**Podrán acceder a la jubilación los docentes de todos los niveles y modalidades del sistema educativo que tengan 60 años de edad y acreditan 30 años de servicio.

 Cálculo del haber inicial

Cajas provinciales no transferidas y SIPA (Nación). Año 2017.

Mecanismo de movilidad de los haberes. Cajas provinciales no transferidas y SIPA (Nación)
Con respecto a la modalidad del incremento de las jubilaciones en las cajas provinciales en general varía entre el cálculo por IPC y el RIPTE.
ANSES nacional. Se aplica mensualmente según el IPC.
Conclusiones.
La situación actual puede resumirse de la siguiente manera, son una vez las provincias que han transferido sus sistemas previsionales a la Nación, son trece las provincias que no habiendo transferido sus cajas al estado nacional y acordaron la armonización total o parcial de sus sistemas de jubilaciones y pensiones con el nacional y como consecuencia recibir partidas de fondos provenientes del Estado.
Lo cierto es que el proceso de armonización se ha realizado muy parcialmente, lo que genera diferencias -a veces injustas-, en y las condiciones para acceder a una jubilación.
Por otro lado, la Nación no cumple totalmente, en 2024 no hizo ninguna) con las transferencias a las provincias lo que genera muchos conflictos, como está sucediendo actualmente.
Es necesario que se inicien acciones para cambiar y mejorar esta realidad.
 

 


 

     



martes, 27 de mayo de 2025

RIDOC JUNIO 2025 13,59% RIPDUN 4,05%

FUENTE

Ismael Bermudez Clarín

Jubilados docentes: cuál será el aumento para junio, julio y agosto



Silvia Stang  La Nación

Haber mínimo SIPA con bono extraordinario previsional$ 366.482
Haber máximo SIPA$ 1.995.04

Recordar que son importantes para calcular descuento de ganancias y art. 9

viernes, 16 de mayo de 2025

CONSIDERACIONES ACERCA DE UNA REFORMA PREVISI0NAL

Mucho se está hablando sobre una probable reforma previsional,  sobre la cuál  me permito hacer algunas consideraciones.

  • Tengamos en cuenta siempre quién es la fuente. Algunos medios periodísticos escriben sin tener conocimiento. Otros, por una cuestión ideológica, falsean o inventan información.
  •  Sugiero vehementemente que no den por cierto todo lo que se dice. Recuerden que  no hay ningún proyecto de ley presentado. Hasta ahora el Congreso sólo se ha reunido en Comisión por este tema y ha invitado algunos expertos en el tema para que expongan su opinión.
  • No es probable, siendo un año electoral que este tema se trate este año.
Sí puede haber algunas modificaciones parciales. Aunque creo que la voluntad de casi todos los sectores es que la reforma sea integral.

Al respecto me resultó muy interesante y esclarecedora la exposión del Dr. Anibal Paz en la reunión en el Congreso de la que hicimos mención. Recomiendo escucharla atentamente.

"Comisión Conjunta | Aníbal Paz | Diputados | Régimen Previsional | 30/04/25
En el día de ayer Aníbal Paz expresó sus opiniones sobre el régimen previsional. Su intervención reveló una compleja tensión entre lo posible y lo deseable. La demanda social por mecanismos de acceso a las prestaciones, como las moratorias, colisiona con las restricciones financieras del Estado. Si bien existe conciencia sobre la necesidad de atender estas demandas, se advierte que las moratorias pueden perpetuar inequidades, comprometer la sostenibilidad del sistema y precarizar las jubilaciones.
La discusión también evidencia una crítica a la incapacidad del Congreso para implementar reformas integrales. Se señala la ausencia de proyectos que aborden los problemas estructurales del sistema, lo que genera un costo reputacional para la clase política. Para avanzar hacia un sistema más justo y sostenible, se requiere trascender mezquindades políticas y construir consensos.
Es fundamental considerar la Convención para la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que garantiza el derecho a un ingreso digno y protege a los adultos mayores de la violencia patrimonial, financiera, económica, simbólica e institucional. Sin embargo, se argumenta que el Estado argentino ha incurrido en diversas formas de violencia institucional contra la clase pasiva, incluyendo la postergación indefinida de la discusión sobre una reforma verdaderamente integral.
En este contexto, se plantea un desafío crucial para los diputados: estar a la altura de las circunstancias y asumir la responsabilidad de impulsar una reforma previsional que garantice la dignidad y el bienestar de los adultos mayores .
| Ver el clip: https://youtu.be/SBl8hPlbdqc | El enlace queda disponible en Story y en Threads
Estudio Aníbal Paz Gabriela Zurita - Abogados
Instagram: @estudio_paz_zurita_abogados
(011) 155-948-1888
Ab. Mgtr. Aníbal Paz - MP CAC 1-32556 (Cba) - CPACF T102 F454 (BsAs) - CSJN 500 F669 (Fed)
Ab. Esp. Esc. Gabriela Zurita Donda - MP CAC 1-34458 (Cba) - CSJN T502 F465 (Fed)"



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miércoles, 14 de mayo de 2025

 Estimados colegas, seguidores de este blog. Con agrado les comunico que desde hoy se activa su funcionamiento. Muchas gracias por su paciencia. Los extrañaba mucho. 

 Superados los motivos, espero que podamos seguir aportando información y opiniones, como lo hemos hecho hasta ahora desde hace 15 años.

Los saludo con mucho afecto.

martes, 4 de marzo de 2025

Estimados colegas, lectores y seguidores de este blog.

Lamentablemente, por un lapso no determinado y por razones personales, este blog permanecerá inactivo. Apenas se superen los inconvenientes volverá la actividad. ¡¡Afectuosos cariños a todos!!


miércoles, 26 de febrero de 2025

Jubilaciones docentes: se definió cuál será el aumento a partir de marzo: 10,61%

 NOTA DE ISMAEL BERMUDEZ EN CLARIN

"Jubilaciones docentes: se definió cuál será el aumento a partir de marzo"

  • "Tendrán una suba de 10,61% para marzo, abril y mayo.
  • Los docentes nacionales tienen un régimen especial por el que cobran el 82% móvil, y los haberes ahora se ajustan cada tres meses..."
  • "Los 190.000 jubilados docentes nacionales tendrán un aumento para marzo, abril y mayo de 2025 del 10,61% , según adelantaron a Clarín representantes del gremio docente...."
  • "Al igual que el resto de los jubilados, con el avance de la inflación,  los docentes nacionales tuvieron una fuerte pérdida en el poder adquisitivo de sus haberes hasta comienzos de 2024.

    Sin considerar las pérdidas intermensuales, punta a punta entre 2018 y 2024,  los jubilados docentes nacionales tuvieron una caída del poder de compra del 23%."

lunes, 6 de enero de 2025

ANUNCIO PERIODÍSTICO REFORMA PREVISIONAL 2025

Para tener en cuenta:

1) Hay que esperar que se presente el proyecto de ley. Toda especulación anterior no necesariamente estará en el proyecto.

2) También hay que esperar el consenso en la legislatura.

Con respecto a nuestro régimen especial tener en cuenta:

- se rige por resoluciones y decretos, puede ser eliminado por decreto.

Si se elimina o modifica

- Afecta a los que se jubilen después del cambio. 

Los ya jubilados estamos amparados por el derecho adquirido

- Para los que estamos jubilados solo se puede modificar la fórmula de ajuste.

Tratemos de esperar los acontecimientos. No es sano preocuparse con anticipación.