martes, 29 de enero de 2013

Aumento marzo: 15,18%

Recuerden que en marzo nuestro aumento es igual al de todos los jubilados, así que será del 15,18%.

En setiembre dependerá de los aumentos que les otorguen a los docentes en actividad que aportan al ANSES. Hay que esperar.

Para los que pagan ganancias este aumento del 20% del mínimo no imponible no significa mucha mejora, ya que hacía dos años que no se aumentaba.

Como dice el famoso dicho. Inflación  por ascensor, sueldos y haberes por la escalera.

91 comentarios:

  1. Anónimo1/30/2013

    Gracias Lucy por tenernos siempre informados!!En cuanto al aumento del mínimo no imponible es como vos decís:es poca la mejora!Cariños.
    Marinés

    ResponderEliminar
  2. Anónimo2/03/2013

    Hola Lucy,me comentó una amiga que es contadora,que en enero siempre descuentan menos por ganancias debido a que hay devoluciones.Por éso es que a todos los pagamos ese impuesto nos pasó lo mismo.Ya me parecía raro que tuviéramos un beneficio!!!!
    Cariños!!
    Marinés

    ResponderEliminar
  3. Anónimo2/03/2013

    HOLA LUCY QUERIA CONSULTARTE DE CUANTO SERA EL AUMENTO PARA NOSOTROS JUBILADOS DOCENTES EN MARZO DEL 2013 ? Y COMO SE CALCULA EL AUMENTO , MUCHAS GRACIAS LUCY POR MANTENERNOS INFORMADOS , CARIÑOS .

    MARIA E.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. María
      En la primera nota que aparece en el blog está la respuesta.
      Igualmente y por la dudas te aclaro que siempre en marzo recibiremos el aumento igual a todos los jubilados( considerado como adelanto). En setiembre se calculan los aumentos imponibles(los que aportan a la ANSES, es decir los no bonificables, o sea, en negro NO), que hubiera en el semestre enero junio para los docentes en actividad que aportan a ANSES. De acuerdo a ese resultado se compensa con lo que hubiera correspondido en marzo.
      Si no te queda claro en el blog está publicado toda la información.
      Saludos

      Eliminar
    2. María
      La información completa del cálculo tenes que buscarla en el archivo del blog. Año 2011, fecha 8 de diciembre.
      Si tenés alguna duda consultame porque es complicado, y siempre viene bien para todos.
      Saludos cordiales

      Eliminar
  4. Anónimo2/05/2013

    Hola Lucy. Qusiera detallar lo cálculos que a mí me parecen, para saber si no estoy equivocada.
    Aumento: 15,18%. Dicho aumento se multiplica por los valores que cada uno tenemos de: PBU-Hab.Mens., PC-Hab.Mens., PAP-Hab.Mens., VARIACIÓN RES.14/09. SÓLO EN MARZO. En setiembre el aumento que anuncia el gobierno sólo va a la PBU y para el resto de los ítems el % de acuerdo a aumento de activos, remunerativos.

    IMP:GANANCIAS:
    Mínimo no imponible nuevo s/carga de fam.(supongamos por nuestra edad, puede haber excepciones): $8362

    Mayor a este monto hasta $10000----> 9%-----> $147 (restando ambas cantidades, es decir sobre el excedente.
    Mayor a $10000 hasta $20000-----> 14%, simpre hablando sobre el excedente.
    Pero también hay que tener en cuenta la Ley 24463 de la época de Cavallo que ponía tope al haber jubilatorio, Art.9. Esa Ley ANSÉS, por modificaciones legislativas se "trocó" (por así decirlo) en la 26417, es decir que LAS LEYES DEL DELINCUENTE gozan de buena salud. En su Art. 9 establece como haber jubilatorio tope $12359,39. Se sobreentiende que todos los valores considerados hasta aquí son EN BRUTO. Quien se exceda de esta última cifra pagrá 15% más de lo ya detallado, por la famosa "Ley de solidaridad previsional"...¿solidaria para quién, me pregunto? Eso e otra historia.
    Resumiendo: quien tenga un haber bruto de $16500, por ejemplo, "tributará":
    1er tramo------->9% Segundo tramo--------->14%. Y luego por este engendro-------->15% más.
    No sé si estoy equivocada. Y si no lo estoy, espero que en algo haya ayudado.
    Muy bueno este blog.
    Desde ya te/les comento que en breve iré a ver a los abogados que mencionó en julio del pasado año Mario Romero.
    Muchas gracias, Lucy.
    Un saludo para vos y para todos los compañeros.
    Susana

    ResponderEliminar
  5. Anónimo2/05/2013

    Fe de erratas: donde dice "Eso e otra historia" debió decir "Eso es otra historia.
    ACLARACIÓN ATINADA: yo me jubilé en escuela dependiente de la UNR. Y en el engendro de recibito dice VARIACIÓN RES. 14/09. Digo esto porque leyendo posteos de 2011 y en relación al RIPDOC parecería que algún cambio hubo, no sé. Pero en mi recibo está así y en setiembre el aumento para los preuniversitarios, enmarcado tb en la Ley 24016 -"en teoría"- tuvimos el 11,2% en PBU y el 6,98% en el resto de los ítems. Y otra cosa que quedó "en una nebulosa" es la denuncia del Defensor del Pueblo de la Nación acerca de que el aumento que correspondía era del 13%. Mi hija me dice que escuchó el 14%.
    Yo estoy dispuesta este, mi primer año de jubilada a no ceder UN ÁPICE en reclamar lo que nos correspode.
    Saludos a todos.
    Susana

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Susana.
      Gracias por tu comentario.
      Por ahora las cosas son como vos comentás.
      Una aclaración. Esa diferencia que marcás entre PBU y demás items no es así en la suma total. Porque lo que da de más después se descuenta. Si te fijás en setiembre el aumento en total fue del 6,98%.
      Y como bien decís, la mal llamada ley de solidaridad, todavía se aplica. Tengo jubilados amigos que lo sufren.
      Con respecto al tema de los abogados, espero pronto tener novedades. En este momento la cautelar está en cámara, firmaron dos jueces falta el tercero. Veremos cómo sale. En primera instancia fue denegada. Por supuesto lo publicaré en el blog.
      Me alegro que te sumes a la lucha que venimos sosteniendo.
      Hay que hacer sentir nuestras voces por tanta injusticia.
      Saludos afectuosos

      Eliminar
  6. Anónimo2/05/2013

    ¡Perdón por los errores tipográficos!

    ResponderEliminar
  7. Susana2/06/2013

    Aplicación de la Movilidad en el mes de marzo 2013



    Los jubilados docentes recibirán con los haberes de marzo 2013, un 15.18% de aumento, el mismo que reciben los jubilados de la gral.

    A partir de ahora y tal como acordara en Paritarias la CTERA los jubilados docentes recibirán en marzo, el % que le corresponde a la jubilación general a cuenta y en setiembre, la diferencia hasta alcanzar el promedio de aumentos de los activos en todo el país del período junio-junio.



    A partir de marzo se eleva del mínimo no imponible del impuesto a la ganancia,detalle que enviaremos en breve con los nuevos montos.

    Para constatar que con el haber de marzo se está cobrando el 82% del salario del activo, el jubilado docente tiene que comparar su haber con el salario de julio- febrero 2012. Siempre se compara salario bruto (sin descuentos, como está en la grilla) con haber bruto (sin descuentos, como aparece en el recibo de haberes). Se hace el 82% del salario en bruto que está en la grilla y se lo compara con el haber bruto percibido.
    Tener en cuenta que la Suma Fija del Decreto ( 4º columna) se abona hasta 2 cargos o su equivalente 34 hs cátedra.

    Los que tengan más de 2 cargos ó más de 34 hs, deben computar a partir de la hora 35 sólo lo correspondiente al básico y antiguedad.

    La grilla vigente es de julio 2012 a febrero 2013.

    Quienes no posean la grilla salarial respectiva, puede bajarla de la web de UTE ( figura como julio 2012) o solicitarla a gremiales@ute.org.ar






    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias Susana por publicar el comunicado de UTE. Aclaro que cuando habla de grillas y sueldos es para Bs. As.

      Eliminar
  8. Juan Carlos2/17/2013

    Hola Lucy: Para que empecemos a anotar con vistas a SETIEMBRE
    17.02.13 SAN LUIS Gobierno otorgo un aumento (unilateral sin paritarias, democracia ? bien gracias) a estatales de 25% – EN MARZO 15% – JULIO 10%
    Tratemos de ir recopilando los que se otorguen en las otras provincias y la C.A.B.A.
    Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias Juan Carlos por el dato.
      Muy buena idea ir recopilando los aumentos que se den hasta junio. En Santa Fe no se cerró el acuerdo salarial. De todas formas no entramos en el cálculo del RIPDOC. Tampoco entran los aumentos de julio. Las perspectivas no son buenas.
      Saludos

      Eliminar
  9. Anónimo3/15/2013

    Soy jubilada en Río Negro, obviamente, docente... Qué tengo que cobrar de aumento? Lo mismo que todos, menos o más? Estoy re confundida.- Gracias. Lilian

    ResponderEliminar
  10. Susana H3/19/2013

    Lilian, si el beneficio es de Anses, tenés que cobrar el 15.18% que otorgaron a todos los jubilados. En marzo es así, el aumento de setiembre se calcula de otra manera.
    Saludos.
    Susana H.

    ResponderEliminar
  11. Anónimo3/20/2013

    Hola, Lucy. Soy Susana de Rosario, quien comentó sobre ganancias. Aclaro porque otra Susana de Buenos Aires hace una referencia a UTE. Lo que quisiera rectificar es lo que publiqué sobre ganancia. Acá copié y pegué:
    "Resumiendo: quien tenga un haber bruto de $16500, por ejemplo, "tributará":
    1er tramo------->9% Segundo tramo--------->14%. Y luego por este engendro-------->15% más".
    Estuve en AFIP y no es así. En un haber bruto de este monto, por ejemplo, no existen dos alícuotas como yo escribí. Directamente quien exceda los $10000 pasa a la segunda alícuota de 14%.
    Entonces quedaría:
    el haber de $16500 "tributará" directamente 14% de alícuota y no en dos tramos como yo puse. Y luego el 15% del engendro del delincuente estatizador de la Deuda Externa, ley 26463 que sigue vigente y es inconstitucional.
    Una persona amiga, jubilada como docente universitaria, con un haber bruto de $20065,08 paga $2990 de ganancias y $944,14 por la ley 24663 Art. 9.
    Un abogado le dio la cifra del tope máximo de haber jubilatorio (o simplemente haber) y es de $13770,83. Restando 20065,08 - 13770,83= 6294,25. Por el Art. 9 de la mencionada ley paga el 15% de este excedente--------> $944,14
    Hay otras cuestiones a considerar que me explicaron en AFIP que tienen que ver con que el cálculo se hace sobre excedente del monto mínimo anual que es irrisorio y se multiplica por 3,8. Pero aclarando que lo entendí "a medias", igualmente es un engorro explicarlo acá y confundiría más aún. Lo que sí está claro es que esto es confiscatorio. Y la única manera de solucionarlo es la vía judicial.
    Saludos.
    Susana

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Susana
      Es verdad que los descuentos que aplican a las jubilaciones de haberes altos son realmente injustos. El descuento de la mal llamada "ley de solidaridad", que ya fue derogada, es totalmente ilegal. Con respecto a ganancias, he desistido de entenderlo.
      Como ustedes saben yo recurrí ya por este tema (descuentos de ganancias) a la vía judicial. El recurso actualmente está en Camara, estamos esperando que los jueces se expidan, apenas tenga novedades, buenas o malas, las subo al blog.
      Saludos afectuosos

      Eliminar
  12. Anónimo3/20/2013

    Bueno, veo que me antecede otra Susana. Somos varias jaja. Te pediría, Lucy o a algún otro compañero o compañera si me puede explicar cómo fue el aumento de setiembre que no me quedó muy claro.Es decir: de qué cifras -como diferencia, resta- surge el 6,98%. Porque si bien ya pasó, es para entender la dinámica que supongo este año será igual.
    M.gracias.
    Saludos,
    Susana

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Susana
      Te recomiendo que releas en el archivo del blog la nota que explica cómo se calcula el aumento de setiembre. Te envío el enlace http://docentesjubilados.blogspot.com.ar/2012_02_01_archive.html
      Después de leerlo si querés podés hacerme preguntas puntuales, porque en verdad es engorroso para entenderlo.
      Saludos afectuosos

      Eliminar
  13. Hola Lucy, Anses liquidò las jubilaciones de marzo con el aumento previsto del 15.18 % pero practicò las deducciones para impuesto a las ganancias (EN VERDAD IMPUESTO AL TRABAJO) considerando el mìnimo imponible del mes anterior!!! es decir que a los jubilados nacionales no se aplicò el aumento del 20 % del monto imponible.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Segùn anunciara en ENERO/2013 la presidenta Kirchner el aumento del mìnimo no imponible se aplicarìa a partir del 1ro de marzo ¿ANSES NO TUVO TIEMPO DE HACER LAS LIQUIDACIONES AJUSTANDO LAS RETENCIONES DE GANANCIAS COMO SI DEBIERON HACERLO LOS EMPLEADORES?
      mientras tanto el GOBIERNO DISPONE A SU ANTOJO DE NUESTRO DINERO... ¿Y LA INFLACIÒN?

      Eliminar
    2. Anahí.
      No tienes que olvidarte que si bien hubo un aumento del mínimo no imponible también lo hubo en nuestros haberes.
      Por lo que pude recabar con distintos colegas a todos les aumentó en marzo (los que ya cobraron) el descuento de ganancias.
      Saludos cordiales

      Eliminar
    3. Estimada Lucy, he controlado mi recibo de haberes y -por supuesto- viene el aumento de haberes pero las retenciones de ganancias fueron calculadas considerando el mìnimo no imponible de febrero NO CON EL DE MARZO QUE ES un 20 % mayor. En consecuencia me retuvireon de mas por ganancias. No sè si fui clara cobrè màs que el mes anterior por el impacto del 15.18 % de aumento PERO me retuvieron indebidamente alrededor de 400 pesos de màs por ganancias. Saludos

      Eliminar
    4. Anahí. Si consideràs que te retuvieron de más tenes que hacer el reclamo correspondiente en Anses. Yo una vez lo hice pero me respondieron que estaba bien descontado. Otros jubilados lo han hecho y han tenido suerte.
      Te recomiendo que no dejes de hacerlo.
      Saludos

      Eliminar
  14. Hola a todos
    Perdon por la demora en contestar, pero estuve ausente unos días. Ya iré respondiendo a todos en las medidas de mis posibilidades. Saludos cordiales.
    Lucy

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Anónimo3/21/2013

      Gracias, Lucy, por tu respuesta, veré el enlace que dejaste. Está claro que si nos aumentan la jubilación el impuesto a las ganancias también va a aumentar. Pero Anahí lo que está diciendo es que este IMPUESTO AL TRABAJO, como bien lo denomina, se hizo sobre el mínimo no imponible anterior. Es decir no sobre $8360 (bruto) para solteros o sin carga de familia y $11562 (bruto) con carga de familia que anunció a fines de enero CFK. Eso es lo que yo interpreto. Si Anahí pudiera detallar algo más...
      Saludos
      Susana de Rosario

      Eliminar
    2. De acuerdo Susana, es como decìs, recibì el aumento del 15.18% sobre mis haberes. PERO la retenciòn para Ganancias o IMPUESTO AL TRABAJO debiò practicàrseme considerando el mìnimo no imponible vigente desde 1ro de marzo que es $ 7516.80 y en cambio se aplicò el guarismo anterior de $ 6264.00 en consecuencia ADEMÀS NO SOLO ME CASTIGAN OON EL IMPUESTO AL TRABAJO SINO QUE PAGO MÀS QUE LOS DEMÀS TRABAJADORES (me descontaron $ 438.86 de màs) Cordialmente

      Eliminar
    3. Susana de Rosario, De suyo que habràn liquidado en la misma forma todas las jubilaciones docentes y con los haberes de abril nos reintegren lo descontado en màs, la cuestiòn es la pèrdida de poder adquisitivo unida al derecho de cobrar lo que nos corresponde a su debido tiempo. Pensaràn que muchos jubilados no se dan cuenta de este para mì malintencionado error de liquidaciòn porque pasarà disimulado con el aumento. Bueno, perdòn por mi insistencia peo estoy INDIGNADA POR EL MALTRATO Saludos

      Eliminar
    4. Anónimo3/22/2013

      Hola, Anahí. Muchas gracias por tu respuesta. Me quedé hasta la madrugada esperando ver en la pantalla el depósito en mi cuenta ¡y casi me muero de la bronca, no puedo decir otra cosa! Es tal cual lo decís: ¡HAN LIQUIDADO SOBRE EL MÍNIMO NO IMPONIBLE ANTERIOR! Todavía no fui a buscar el recibo pero por las cuentas que previamente había sacado está clarísimo que es así. Y quiero comentar algo más para que las/os compañeras/os lo sepan. Cuando fui a la AFIP me dijeron que están cansados que de ANSES le manden gente para reclamos o despejar dudas que es la misma ANSES quien debe responder. "Se sacan a la gente de encima" me decía una empleada. Digo esto porque ya me ha ocurrido que he ido a la repartición que es agente de retención ¡y siempre la contestación es que "no saben, que un contador, que la AFIP" y respuesta ninguna! Porque ante esta irregularidad ¿a quién recurrir? ¡A ANSES, por lógica! Y me parece muy bien, Anahí, que habiéndolo detectado lo hayas hecho público aquí.
      Muchas gracias.
      ¡Saludos cordiales a todos!
      Susana de Rosario

      Eliminar
    5. Hola Susana de Rosario, es cierto nosotros no tendrìamos que averiguar nada en la AFIP, l que liquida es el agente de retenciòn o sea ANSES. Y es el agente de retenciòn quien debiera rendir cuenta y mostrarnos a los jubilados la planilla de càlculo de las retenciones efectuadas y la liquidaciòn final. Es el mismo deber que tienen los empleadores con sus empleados. Saludos y buen fin de semana!!

      Eliminar
  15. Estimadas Anahí y Susana

    Como ya comenté anteriormente la Anses toma reclamos sobre descuentos de ganancias. Hay que dirigirse a sector beneficiarios con una nota justificando el reclamo.
    No es necesario ir a un contador especialista en tributos, aunque no deja de ser importante para los que desconocen el mecanismo de aplicación del impuesto. Solo hay que redactar una nota diciendo que el impuesto fue mal aplicado.
    Si lo hacen, cuéntennos sus resultados, que será muy ilustrativo para todos.
    Yo lo hice, sin resultados positivos y tuve que esperar muchísimo para la respuesta.
    Desgraciadamente las cosas son así en la maravillosa Anses,

    Saludos cordiales

    ResponderEliminar
  16. Anónimo3/23/2013

    Hola Lucy!Me parece que hubo publicaciones en los diarios que confundieron a la gente con respecto al monto del mínimo no imponible de marzo.El mismo es de $6939 para solteros o casados sin familiares a cargo y de $9579 para casados con dos hijos.Las alícuotas no se modificaron y por éso es que los descuentos son mayores.¿Es así Lucy?Cariños!!
    Marinés

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Marines. Es asi. Hace mucho que no se modifican las alicuotas. Ademas el aumento no es del 20%, por cuanto, a pesar de ser un impuesto anual, no lo hicieron retroactivo a enero, lo que disminuyo el porcentaje. Creo que seria del 16,5%. Como siempre hacen lo que quieren.
      Cariños.

      Eliminar
  17. Estimada Lucy, varios amigos jubilados me han comentado que a marzo 2013 no se les calculó la retencion contemplando el incremento del 20 % en las deducciones de ganancias. Saludos

    ResponderEliminar
  18. Estimada Lucy, varios amigos jubilados me han comentado que a marzo 2013 no se les calculó la retencion contemplando el incremento del 20 % en las deducciones de ganancias. Saludos

    ResponderEliminar
  19. Anónimo3/25/2013

    Soy docente universitaria y en el sueldo de marzo me aumentaron solo el 4%, no el 15%. Tengo que ir a Anses a reclamar??
    Liliana

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Liliana
      Los docentes universitarios se rigen por una ley distinta a los docente primarios y secundarios y terciarios A ustedes les aplican el RIPDUM. No se les aplica en marzo el mismo porcentaje que a los jubilados en general. Además depende si trabajaste también en los otros niveles.
      Te averiguo cuál fue el RIPDUM de este mes y te aviso.
      Saludos cordiales

      Eliminar
    2. Perdon. Es RIPDUN

      Eliminar
  20. Anónimo3/26/2013

    Hola a todos. Yo había comentado que estaba mal la liquidación del aumento pero no: era correcta. Lo que ocurre es que al ver cómo se elevó el descuento de ganancias me parecía errado e increíble. En síntesis: mientras el aumento fue de 15,18%, ganancias me significó casi el 60%. Si todas las leyes del delincuente cavayo siguen vigentes, si la ley de entidades financieras sigue siendo la del neoliberalismo que comienza con Martínez de Hoz, si las multinacionales y grandes empresas como Vicentín, Echegaray "descubrió" ¡eureka! que deben MILLONES DE DÓLARES, si se siguen sojizando nuestros suelos, se da el petróleo a la Chevron, se permite que la timba financiera siga evadiendo impuestos y se da luz verde a la minería a cielo abierto, pregunto ¿cuál es el nuevo "MODELO" del que habla CFK?
    Saludos
    Susana de Rosario

    ResponderEliminar
  21. Anónimo3/26/2013

    Disculpen pero estoy con mucha furia.
    Susana

    ResponderEliminar
  22. Estimada Liliana.

    Estuve buscando pero Anses todavía no publicó la circular del aumento a jubilados docentes universitarios correspondiente a marzo/13.
    Te paso un link que reproduce la circular 47/12 que se refiere al aumento aplicado en setiembre 2012. Así podrás tener una idea de cómo se calcula en tu caso particular. Depende si te jubilaste antes de la ley, si te jubilaste como docente universitario puro o con cargos u horas cátedras en otros niveles.
    Este es el link: http://mbesse.files.wordpress.com/2011/09/circular_anses_47-12-movilidad-univ.pdf

    Tené en cuenta además que siempre en marzo es menor que en septiembre, pues en marzo se calcula sobre los aumentos otorgados a docentes universitarios en actividad en el período julio-diciembre del año anterior, y en septiembre sobre los aumentos del período enero junio del año en curso. En septiembre pasado tuvieron un aumento del 19,30% .
    En el archivo del blog hay información al respecto.
    Espero haberte sido de utilidad. Cualquier duda consultame.

    Saludos cordiales

    ResponderEliminar
  23. Anónimo3/26/2013

    Estimados, hoy veo con sorpresa, como jubilada reciente universitaria que el aumento fue solo del 3,48%. ES asi? alguien lo sabe?no tenia que ser el 15%?

    ResponderEliminar
  24. Mira los comentarios que hace mas arriba Liliana y mis respuestas. Alli se comenta por que a los docentes unkversitarios les correspondio ese porcentaje.
    Saludos

    ResponderEliminar
  25. Susana H.3/26/2013

    Hola colegas, he cobrado los haberes de marzo, pero el 15.18% lo aplicaron sólo al PBU, el resto de los ítems no responden a ese porcentaje. ¿A alguien más le ha pasado lo mismo? Hoy presenté el reclamo ante Anses. Además me duplicaron la retención de ganancias, aunque he leído que el aumento del 20% al mínimo no imponible fue aprobado en marzo, es decir, luego que habían liquidado nuestros haberes. Me gustaría saber si hay más colegas en esta situación.
    Muchas gracias, cordiales saludos y felices Pascuas.
    Susana H.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Susana H

      El aumento se aplicó a todos los items. Si estás segura de que no fue así tenes que reclamar en la ANSES,
      Saludos cordiales y Felices Pascuas para todos.

      Eliminar
  26. Anónimo3/27/2013

    Susana H. buenos días, te comento que evidentemente Anses si es como vos decís que solo te aplicaron el aumento del 15,18% sobre el PBU , esta mal liquidado a mi me realizaron el aumento sobre todos los ITEMS, lo que no veo reflejado el descuento por ganancias, que no es el 20% es algo del 16,....% , me descontaron mas que el mes anterior, esperaré a cobrar el mes de abril a ver que pasa, considero que no realizaron ese descuento porque ya estarian liquidados los haberes, veremos, veremos.
    Saludos Felices Pascuas
    Silvia

    ResponderEliminar
  27. Susana3/27/2013

    Gracias Lucy y Silvia, ya hice el reclamo en Anses respecto al porcentaje de aumento, pero quería saber si era general o no. Con lo que uds me dicen me queda claro que se trata de un error. Estoy preocupada porque con mucha frecuencia detecto errores, efectúo el reclamo, insisto hasta obtener respuesta y me atrevo a decir que en un 99% me dan la razón y me reintegran. Entonces pienso, ¿pasará a menudo esto? ¿o me sucede a mí? Para pensar, ¿verdad?
    Muy felices Pascuas y cordiales saludos.
    Susana H.

    ResponderEliminar
  28. Anónimo3/30/2013

    FELICES PASCUAS: Que el Sr. derrame bendiciones y la fortaleza, salud para seguir luchando por nuestros derechos. Un abrazo Patricia

    ResponderEliminar
  29. Anónimo3/31/2013

    Felices pascuas de Resurrección!!!! Beso y abrazo!!
    Marinés

    ResponderEliminar
  30. Hola a todos!!!!! a mi también me descontaron más de impuesto a las ganancias, no hay nadie que nos explique sencillo como calcularlo? muchas gracias

    ResponderEliminar
  31. Anónimo4/06/2013

    Hola a mi tambien me descontaron más a pesar de presentar el formulario 572 con gastos importantes en tratamiento médicos el año pasado y ahora también lo presenté. A quien se puede solicitar informe por este medio, vivo en Salta, en el interior. Nuchas Gracias.

    ResponderEliminar
  32. Para Stella y el/la colega de Salta.

    Lamentablemente no contamos con ningún experto en ganancias para aclarar sus dudas.
    Tal vez algún forista tenga esa información, que lamentablemente no es sencilla ni fácil de explicar. He intentado por varios medios entender el mecanismo pero nunca lo he logrado.
    Espero que tengan suerte.
    Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. muchas gracias, si consigo algo lo publico!!!

      Eliminar
    2. Stella: Reproduzco tu comentario publicado en otra entrada así lo ven todos.
      ¡¡¡Muchas gracias por la información!!! Cuando lo mire te contesto si pude entenderlo..

      Stella17 de abril de 2013 16:31
      encontré este blog donde explica como sacar la cuenta de impuesto a las ganancias, hay una tablita fácil de comprender, espero que les sirva, saludos.
      http://yaesta.blogspot.com.ar/2013/02/como-se-calcula-el-impuesto-las.html

      Eliminar
  33. Malas noticias para mí esta mañana cuando me encontré con el recibo de haberes, nuevamente me retuvieron mal ganancias!! Y yo que pensaba que este mes me devolverían lo mal retenido en el mes anterior!! qué ingenua que fui!! Cobré exactamente igual que el mes anterior. Anses me liquidó la retención de ganancias NUEVAMENTE CON EL MÍNIMO NO IMPONIBLE ANTERIOR es decir que no consideró el aumento del 20%!!! ESTO ES UN ESCÁNDALO!!

    ResponderEliminar
  34. Anahi. Consulta tu codigo de haberes de mayo. (ya esta en la web de anses). Tal vez alli veas un cambio. Suerte.
    Saludos cordiales.

    ResponderEliminar
  35. Gracias Lucy, voy a mirar. aunque ya estoy desilusionada y sé que es complicado reclamar ante la Anses.

    ResponderEliminar
  36. los códigos de haberes son iguales a los de meses anteriores, aunque la cuestión no está en el código sino en los importes. Tanto en marzo como en abril me descontaron casi 450 pesos DE MÁS de IMPUESTO A LAS GANANCIAS, Pensé que en abril me iban a reintegrar compensando con el impuesto de ese mes. Pero no, me siguen descontando como si el mínimo no imponible no hubiera subido el 20 %. Y es complicado el reclamo porque debo desplazarme a otra localidad (25 Km) y luego los atendientes no saben dar respuesta a los reclamos, tendría que presentar un recurso.... Como "administrada" ¿tendré que resignarme porque vivo en Argentina y con estos administradores?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Anahi. A varios colegas en mayo no les descuentan ganancias. Es decir no les aparece el codigo 309 y si les aparece el codigo 709 que es devolucion de ganancias. Por eso te dije que miraras los codigos. Lamento que no sea tu caso. Saludos

      Eliminar
  37. Gracias Lucy, por la información que recibimos a través tuyo!!. En mi caso controlé los códigos de mayo y son iguales a los de los meses anteriores, es decir que no me devolverán ganancias. La única esperanza que me queda es que me compensen con el código 309, es decir que resten la devolución a la retención de mayo. Bueno ya veré...cariños

    ResponderEliminar
  38. Fijate Lucy esto me aparece para mayo
    2013-05
    HABERES
    CONCEPTO EMPRESA DESCRIPCIÓN
    001 001 P.B.U PRESTACION BASICA NIVERSAL
    001 002 P.C PRESTACION COMPENSATORIA
    001 003 P.A.P PRESTACION DIC.P/PERMANENC
    006 025 VARIACION SALARIAL DOCENTE RES. SSS Nº 14/09

    DESCUENTOS
    CONCEPTO EMPRESA DESCRIPCIÓN
    204 000 DESCUENTO LEY 24463 ARTICULO 9
    309 000 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
    318 008 OBRA SOCIAL 3% SOBRE HABERES

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Anahí Este es un ejemplo que te conseguí de haberes de

      2013-05
      2013-05

      HABERES
      CONCEPTO EMPRESA DESCRIPCIÓN
      001 001 P.B.U PRESTACION BASICA UNIVERSAL

      001 002 P.C PRESTACION COMPENSATORIA

      001 003 P.A.P PRESTACION ADIC.P/PERMANENC

      006 025 VARIACION SALARIAL DOCENTE RES. SSS Nº 14/09


      709 000 A COBRAR IMPUESTO A LAS GANANCIAS


      ________________________________________
      DESCUENTOS
      CONCEPTO EMPRESA DESCRIPCIÓN
      318 008 OBRA SOCIAL 3% SOBRE HABERES


      Cabe la posibilidad también que te descuenten menos de ganancias. Si no querés esperar el cobro podés ir a una UDAI y pedir el RUB. Si te queda lejos la UDAI, en el banco que cobrás te tienen que informar el monto que te van a depositar en junio. Por el monto te darás cuenta.
      Espero haberte sido de utilidad. Mucha suerte.
      Saludos afectuosos

      Eliminar
    2. gracias Lucy, voy a ir al Bco. a consultar mis haberes de mayo y de acuerdo con ello iré o no a la UDAI.
      saludos

      Eliminar
  39. Susana.5/06/2013

    Hola colegas, leo los aportes de cada uno de uds y crece mi desconcierto. En mis haberes de marzo y abril me duplicaron el descuento de ganancias; solicité el RUB de mayo, a raíz de comentarios que leí y oh! sorpresa, me devuelven un pequeño monto de tooodddooo lo que me han descontado de ganancias y además, este mes no me descuentan nada en ese concepto. Cada día estoy más desorientada, porque por lo que se puede apreciar, la liquidación de nuestros haberes jubilatorios pareciera ser el resultado de un juego de ruleta. Todos los meses es una sorpresa. Estamos absolutamente abandonados a la buena de Dios, porque no hay ningún ente que nos defienda.
    Cordiales saludos.

    ResponderEliminar
  40. Hola Lucy, quería comentarte que Anses me reintegró con los haberes de mayo las retenciones de ganancias practicadas indebidamente en los haberes de marzo y abril. Al final como todos los jubilados termino conformándome de que me devuelvan lo que compulsivamente hemos "prestado" durante 60 días para que el gobierno a través de Anses los utilice sin pagarnos intereses. Considerar que si nosotros nos atrasamos en los pagos de servicios o impuestos debemos pagar con recargos..... Saludos a todos y felicidades mañana en el DÍA DE LA PATRIA!

    ResponderEliminar
  41. Anónimo5/25/2013

    Hola Lucy: Por fin encontré un foro de lo que estaba buscando para manifestar mi opinión. Coincido con Anahí. Soy Contador jubilado pero no docente, Anses hizo una retención indebida en marzo y abril de ganancias porque no actualizo el minimo no imponible que rige desde marzo. Espero que en mayo reintegren el impuesto mal calculado. Lamentablemente los medios de comunicación no se hicieron eco de este error.

    ResponderEliminar
  42. Anónimo5/27/2013

    Hola queridos amigos: quería contar que en mi caso en el mes de mayo me descuentan el 10% del impuesto a las ganancias de lo que me cobraron desde marzo, pero no me devolvieron nada. El Formulario 572 lo presenté en tiempo y forma. En la Udai que me corresponde me informan que el descuento lo hacen en Bs As así que no podemos reclamar, yo estoy a mas de mil km por lo tanto perdí? y el federalismo? Espero que como dice el contador me reintegren pronto lo que me corresponde.

    ResponderEliminar
  43. Anónimo5/28/2013

    alguien leyo la circular DEL ANSES 13/13????? porque en virtud de esa circular no nos dieron en marzo el aumento del 15,18% a los docentes en sgo, alguien sabe de esto????

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Estimado colega. He leído la circular 13/13 y no entiendo porque en Santiago no cobraron el 15,18% los docentes, puesto que su caja fue transferida al Anses. Qué aumento cobraron? Si me podés aclarar algo más voy a tratar de averiguar.
      Saludos

      Eliminar
  44. Anónimo7/09/2013

    En varios comentarios previos he visto que hablan del descuento del 3% sobre haberes para la obra social (PAMI) solidaria. Alguien paga efectivamente el 3% porque he controlado cuidadosamente todos los recibos y a mi me descuentan el 5,5%, no sé porqué? Alguien sabe. Apreciaré información. Gracias

    ResponderEliminar
  45. Anónimo7/15/2013

    Para los que viven en Ciudad de Bs As
    NO SÉ QUE TIENE DE VERDAD ?????????
    Lo recibí y se los paso para lograr la actualización de la jubilación.
    Mis queridos amigos jubilados docentes: un compañero del Colegio de la noche ha hecho el siguiente trámite para actualizar el sueldo docente porque con el índice que nos pagan en Septiembre se pierde la paridad con los haberes de los que están en actividad;

    Presentarse en Rivadavia 524, Palacio Municipal

    Subir las escaleras y del lado derecho hay una empleada con computadora que atiene este tema

    Completar el formulario 132 y tener el carnet jubilatorio

    Presentar el Nº de Resolución de la Jubilación.

    Ellos se ocupan de hacer las diligencias en la DAD y en el Mercado del Plata: y esperando el sueldo se actualiza.
    Difundan este tema `para que el máximo de amigos lo actualice

    Grace

    ResponderEliminar
  46. Para Anónimo del 10 de julio de 2013....El descuento para la obra social se calcula de la siguiente manera: 3% sobre el haber mínimo (actualmente $2165,--) más el 6% sobre el excedente del haber mínimo. Ejemplo si el sueldo bruto de un jubilado fuera de $ 10000,--) el descuento para obra social ascendería a $ 535,05 ($64,95 que es el 3% s/ 2165,- más $470,10 que es el 6% sobre $ 7835,-)

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Anónimo7/17/2013

      Gracias Anahí!!! Me dio exacto!!
      Marinés

      Eliminar
  47. Anónimo7/17/2013

    Hola!! Qué pasa con ganancias que todos los meses hay descuentos diferentes???? Este mes ( julio- adelantado por el banco ) me vino mucho más que en mayo y junio.Parece que jamás sabremos cómo se manejan con este impuesto.Cariños!
    Marinés

    ResponderEliminar
  48. Marinés lo mismo me pasa a mí. A pesar que trato de informarme y de entender no encuentro explicación.Tengo entendido que lo que nos aplican este año tiene que ver con lo cobrado el año pasado. Hago planillas, aplico algunas fórmulas que encuentro y nada. Habrá alguien que nos pueda dar alguna razón? Cariños. Marta

    ResponderEliminar
  49. Este mes me descontaron mássss de ganancias!!! No hay a quien consultar porque la ANSES no da explicaciones!! NADIE NOS DARÁ EXPLICACIONES NI RAZONES ¡es la soberbia del poder!

    ResponderEliminar
  50. Anónimo8/01/2013

    Buenos días a todos.Ayer 31 de julio la Señora anunció un aumento del 14,4% para los jubilados.
    Para los docentes se sabe algo de cuanto será la suma que nos darán?.
    Saludos

    ResponderEliminar
  51. La misma consulta; ya q la presidenta dijo y la pagina de Anses tambien lo dice q el aumento llega todos ls jubilados( mas de 7.300.000 )
    Es asi?? GRACIAS!

    ResponderEliminar
  52. Hoy lo respondí en el blog

    ResponderEliminar
  53. Anónimo8/02/2013

    Me siento identificada con la mayoria de los reclamos. No sabemos cuál va a ser nuestro aumento, ya que no es fácil de calcular al no estar en contacto con docentes actividad. Además sufrimos "el robo" indiscriminado a través del mal llamado impuesto a los altos ingresos. A mi también todos los meses me descuentan una diferente por Impuestos a las Ganacias. El colmo fue que en mes de junio, inculído el cobro del aguinaldo, me descontaron mucho menos que en el mes de julio. Qué puedo hacer , además de amargarme por la impotencia de no contar con vías legítimas de reclamo?

    ResponderEliminar
  54. Anónimo8/08/2013

    Me pueden responder porque sin previo aviso a varios docentes jubilados nacionales este mes de julio ,sin previo aviso nos descontaron la VARIACIÓN RES14/09.
    Yo había hecho un trámite para que me reconocieran como "jubilada docente",siempre había trabajado como tal,a otras personas les llegó sin solicitarlo.
    Es posible que de golpe de cobrar casi $ 5000 te encuentres con $ 2663?

    ResponderEliminar
  55. No es posible que te hagan ese descuento sin ninguna razón. Urgente concurrí a una Udai a reclamar. Contanos como te fue que es de interez de todod. Mucha suerte!!!!

    ResponderEliminar
  56. No es posible que te hagan ese descuento sin ninguna razón. Urgente concurrí a una Udai a reclamar. Contanos como te fue que es de interez de todod. Mucha suerte!!!!

    ResponderEliminar
  57. Anónimo9/03/2013

    Soy jubilada docente universitaria. El aumento de marzo/13 fué del 3,04%... mucho más bajo que los jubilados generales!!!... Cuánto será en set/13?..... si seguimos a este ritmo cada ano perderemos mucho!!!

    ResponderEliminar
  58. Anónimo9/09/2013

    Soy jubilada de la prov. de Bs. Aires. y deseo saber el significado de los codigos que aparecen en mi recibo de cobro.Gracias.

    ResponderEliminar
  59. hola soy docente jubilidada,en este mes de setiembre me descontaron impuestos a las ganancias,y mas que otros meses,te aclaro que mi seldo no llega a 15.000 y soy soltera,a donde recurro para hacer el reclam??supuestamente con el mes de set. habia un pequeño aumento y no se descontaba el impuesto maldito!!.gracias

    ResponderEliminar
  60. hola soy docente jubilada de rio negro y me interesa saber si alguien sabe como Anses calcula la Variacion Salarial que va en las liquidaciones. Pregunto esto porque resulta que controlando como hacen las operaciones de % siempre termino perdiendo. Aprendi como sacar los valores de los items, multiplicando el PBU del semestre anterior por el nuevo indice de aumento del nuevo y el resultado es lo que corresponderia cobrar. Y me ha quedado saber como sacan el de la Variacion Salarial res.14/09. Alguien tiene conocimiento de esto? Gracias.

    ResponderEliminar
  61. hola soy docente jubilada de rio negro y me interesa saber si alguien sabe como Anses calcula la Variacion Salarial que va en las liquidaciones. Pregunto esto porque resulta que controlando como hacen las operaciones de % siempre termino perdiendo. Aprendi como sacar los valores de los items, multiplicando el PBU del semestre anterior por el nuevo indice de aumento del nuevo y el resultado es lo que corresponderia cobrar. Y me ha quedado saber como sacan el de la Variacion Salarial res.14/09. Alguien tiene conocimiento de esto? Gracias.

    ResponderEliminar
  62. Alguien puede explicar que significa y si esta bien estos tres conceptos
    que le descuentan a mi padre, es jubilado docente de la UTN.
    204 000 DESCUENTO LEY 24463 ARTICULO 9
    309 000 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
    318 008 OBRA SOCIAL 3% SOBRE HABERES

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola Matilde.
      Sí están correctos todos los descuentos. El primero se refiere a que como las jubilaciones tienen un tope máximo todo lo que exceda ese monto sufre un porcentaje de descuento. El porcentaje depende de cuánto se exceda.
      Saludos cordiales
      Este descuento

      Eliminar