domingo, 24 de enero de 2016

Cómo se calcula la movilidad que se aplica a todos los jubilados en marzo y setiembre.

Como muchos han manifestado muchas veces inquietud por saber porqué el índice de aumento que se aplica es tan distinto a la inflación voy a hacer un aporte para contribuir a entender porqué este índice siempre nos parece ( en realidad es) bajo. 

El cálculo se basa en el ajuste de los haberes semestralmente por un coeficiente de movilidad ‘m’ , este coeficiente no se puede decir que dependa del aumento de la inflación o el costo de vida , si se puede decir que depende del índice de salario ( INDEC o el RIPTE el mejor de los dos) , ingresos tributarios y recursos totales del ANSES( los recursos totales del ANSES resultan de sumar los aportes de los trabajadores en actividad e ingresos tributarios y por último y muy importante, se divide por la cantidad de beneficios, que es inversamente proporcional a la movilidad..( es decir más beneficios menos índice de movilidad.La movilidad depende en gran parte de cómo el ANSES maneje sus recursos, entendiendo por estos los aportes y contribuciones recibidos mensualmente , los porcentajes de impuestos (IVA, cigarrillo, etc. ), el porcentaje de la coparticipación de las provincias.
Esta es la fórmula establecida por la ley 26417 de octubre del 2008
 Para la actualización de los haberes se determinaron dos fórmulas, escogiéndose en cada caso la que represente el aumento menor.

a= (0,5*RT*0,9) + 0,5*w

donde “RT”  es la variación de los recursos tributarios.
“w”  el mayor de dos índices salariales: el general de salarios elaborado por el Indec o el Ripte (Remuneraciones Imponibles Promedios de los Trabajadores Estables) publicado por la Secretaría de Seguridad Social.

b= 1,03*r

donde “r” es la variación de los recursos totales de la ANSES por beneficio.
 Esta fórmula tiene en cuenta la variaciones de los recursos totales por beneficio de la Anses (r)
De estas dos fórmulas se toma la que de un resultado MENOR.

Como se ve la inflación o variación de precios queda excluida de las fórmulas.
En otra entrada analizaré las críticas que se puede hacer a esta fórmula.

39 comentarios:

  1. Un aviso para todos. Cpmo habrán observado los comentarios no aparecen inmediatamente. Es debido a innumerables insultos que he recibido en los comentarios que me veo obligada a leerlos antes de publicarlos. Lamento que esto sea así
    , pero el objetivo de este blog es manifestarse libremente pero los insultos están fuera de toda discusión. Gracias por su apoyo.

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  2. Anónimo1/25/2016

    Hola Lucy espero poder seguir recibiendo tus comentarios, que lastima que haya gente que no valora la información que nos das Por mi parte te cuento que la leo la comento con colegas con todo respeto. Cada uno interpreta como quiere y puede, respetemos la pluralidad de criterio sin apelar al insulto o se nos terminaron las palabras. Un abrazo.

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  3. Anónimo1/25/2016

    HOLA A TODOS.....esta muy bueno el espacio. Es una pena que haya personas que descalifiquen y no valoren la oportunidad que no da este blog, para poder expresar nuestras inquietudes....
    Donde deberíamos dirigirnos para que se escuchen nuestros reclamos ???...alguien sabe que oficina recibe reclamos de docentes jubilados?.......no pertenezco a ningún gremio....tal vez ellos podrían informarnos algo mas, sobre si se esta trabajando por el pleno cumplimiento de nuestra ley..Saludos para todos.

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  4. Anónimo1/25/2016

    HOLA RECIEN DESCUBRO ESTE BLOG Y NECESITO SABER SI ALGUNO DE USTEDES QUE SUFREN RETENCIONES DE GANANCIAS EN EL BONO DE SUELDOS...¿ESTAN INSCRIPTOS EN EL IMPUESTO Y PRESENTAN DECLARACION ANUAL? ¿O SOLO DEJAN QUE SE LES RETENGA? GRACIAS MUY BUENOS TODOS SUS APORTES

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    1. Hola. No es necesario estar inscripto en ganancias salvo que tengas otros ingresos por otra actividad. Si debês presentar todos los años el f572 para deducciones. Ahora se hace online.Saludos cordiales y bienvenida/o al blog.

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  5. Anónimo1/27/2016

    Hola Lucy...! Muy tristemente lamentable lo de los insultos... Serán docentes nacionales jubilados los que los envían? Si es si...se descalifican oscura y automáticamente a sí mismos! Y si no lo son...sólo muestran su carencia absoluta de conceptos válidos para anteponer en el debate su sapiencia o su conocimiento, exponiéndose rastreramente, en definitiva, limitados y retrógrados. Le acercamos nuestra solidaridad y apoyo. Y digo "nuestra" porque también somos varias/os las/os que leemos, comentamos y compartimos (y quizá más de una vez, no de acuerdo en todo...) lo que se ofrece y vuelca en el grupo, pero siempre esclarecedor, explicativo o de información, tan necesaria en esta bruma desorientadora que, en más de una ocasión, nos ha envuelto. "Ladran Sancho...? Señal que cabalgamos...!" Saludos cordiales a todos.

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  6. Anónimo1/27/2016

    Hola Lucy! Gracias por tu información. Me parece perfecto que no publiques los comentarios desubicados. Además no entiendo xq te insultan a vos. Creerán que manejás los % de aumentos?? Qué ridículos!!
    Saludos y sigo aguardando tu tan valiosa información! Marinés

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  7. Hola Lucy!!
    Una pena la gente que solo sabe insultar, pero en fin, ya estamos acostumbradas.
    Ayer escuché a Ismael Bermudez sobre el aumento a los jubilados y dijo que el gobierno debería arreglar la fórmula, ya que al recaudar menos por la devolución a las pcias. el porcentaje sería muy bajo, espero que asesoren bien en este sentido, saludos desde Longchamps!!!

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    1. Así es Stella. Cada vez que baje la recaudación va a afectar el resultado de la fórmula. Yo también creo que habría que revisarla.
      Otro dato es que si el resultado de la fórmula da negativo o cero por bajar mucho la recaudación, los jubilados no tendrían ningun aumento.
      Nuestra fórmula està relacionada con los aumentos a los docentes. Cariños

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  8. Gracias a todos por su apoyo y solidaridad.Cariños.

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  9. Anónimo1/28/2016

    Lei en mi facebook nota sobre que los docentes nacionales jubilados por Anses en febrero empezarán a cobrar el 82% movil.
    diuariouno.com.ar. Lean y analicemos por favor. Gracias Lucy por tu gran conocimiento y apoyo.Susana de Mardel

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    1. Gracias Susana por el dato.
      La nota http://www.diariouno.com.ar/mendoza/los-docentes-jubilados-cobrarian-partir-febrero-el-82-movil-20160127-n221898 se refiere a un juicio iniciado por un grupo de docentes mendocinos en referencia a una ley provincial de Mendoza.
      A nivel nacional existe wl fallo Gemelli para quienes elijan la vía judicial. Cariños

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    2. Gracias Susana también por el reconocimiento y apoyo

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  10. Juan Carlos2/02/2016

    Si así es. Yo estoy completamente de acuerdo en que se debe reclamar la plena vigencia de la Ley 24016, para ello aportamos un porcentaje mayor que otros empleados. Y deberían ser los gremios que se vanagloriaran de haber conseguido nuestra movilidad quienes deberían llevar adelante ahora esa campaña con nuestro apoyo por supuesto. Los mismos que también acordaron con el anterior gobierno que era impracticable poder hacerlo por la imposibilidad de compatibilizar los distintos cargos docentes jubilados con los que se encuentran en actividad. Una GRAN MENTIRA, como si no hubiera medios electrónicos y computarizadas para hacerlo. Deberían ponerse nuevamente al frente de esa lucha, no solo por nosotros los jubilados sino también por los que se encuentran en actividad quienes serán en un futuro jubilados. Y justamente es a esos futuros jubilados es a quien también debemos convencer a participar porque serán beneficiados en su futura jubilación. El RiPDOC otra burda mentira, fue dibujado, jamas dieron a conocer las cifras que le dieron origen en cada año

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  11. Así es Juan Carlos. Nuestra fórmula de actualización (que nada tiene que ver con la ley 24016),el famoso RIPDOC, del cuál nunca pudimos saber los datos con que lo calculan porque no los publican, y los gremios nunca se preocupan por averiguarlos. No les interesa para nada nuestra situación, Para ellos cobramos el 82% móvil. Lo que no es verdad, como vos afirmás.
    Gracias Juan Carlos por tus siempre valiosos aportes al nlog. Cariños.

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  12. Anónimo2/03/2016

    LUCY, CORRESPONDE QUE HAGA JUICIO PARA COBRAR EL 82
    DE LOS QUE ESTAN EN ACTIVIDAD? SOY DE LA PROVINCIA DE MENDOZA. GRACIAS. MUY ACERTADAS Y COMPLETOS TUS COMENTRIOS Y EXPLICACIONES. GRACIAS. MARITE

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  13. Hola Marite. Es ud. docente provincial o nacional? Trabajó en otra actividad?
    Depende de si esta jubilada por Anses o la provincia. Si me explica su situación le puedo aclarar su duda. Gracias por sus palabras.Saludos.

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    1. Anónimo2/04/2016

      Lucy. me jubile trabajando en la provincia de Mendoza hace cinco años con el 82% pero comparando con los que estan en activadad no cobro ese porcentaje ahora. corresponderia hacer juicio? gracias. Marite

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    2. Marite. Le pregunté durante una charla a una abogada especialista en jubilaciones docentes con qué porcentaje menor al 82% era razonable iniciar juicio. Me respondió que con el 70%. O sea que si estás cobrando el 70% o menos del lo que está cobrando actualmente el que tiene el cargo con el que te jubilaste estás en condiciones de iniciar juicio. Asesosate bien antes de hacerlo. Saludos cordiales

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  14. Anónimo2/04/2016

    Lucy, apoyo totalmente su disposición desinteresada a informarnos. y tabién, como otros participantes del bloc, quisiera saber cómo podríamos todos unidos, solicitar que se cambie la fórmula de actualización de nuestras jubilaciones. Gracias y saludos .

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    1. Muchas veces hemos intentado unirnos para hacer lo que propone. Pero siempre se ha encontrado poco eco. No es una crítica. Es una realidad. Hay que comprender que no todos tenemos las mismas motivaciones.
      Le comento que en Buenos Aires hay un grupo de docentes jubilados que se reúnen periódicamente y realizan muchas actividades al respecto. Si usted está interesada/o le paso el mail para que se ponga en contacto.
      También le comento que cuando iniciamos este blog hicimos una serie de acciones. Nos reunimos, enviamos cartas a legisladores y gremios, etc. La falta de respuestas y el cansancio determinaron, lamentablemente, que se fueran diluyendo estas acciones.
      De todas formas se aceptan propuestas por supuesto.
      Saludos cordiales.

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  15. Hola Lucy, mucho gusto, realmente tu blog me parece estupendo por lo ilustrativo, yo creía que el aumento porcentual a los jubilados dependía del costo de vida y aumentos salariales, vos me has aclarado perfectamente las cosas. Pero tengo 2 preguntas. Soy jubilado docente nacional, soy físico y fui profesor de física y matemáticas pero quisiera que me aclares algo que dice un tal Anonimo (obvio se escuda en el cobarde anonimato). Porque deberíamos estar enojados o insultantes los docentes nacionales? hay algo que yo no se que nos perjudica? y la segunda pregunta es que quiero saber si los docentes nacionales llegamos a cobrar el 82% de lo que cobra un docente en actividad y si asi no fuera cual es el camino para reclamarlo, solo el judicial? Desde ya te quedo agradecido por tu respuesta y te a estar preguntando cuando no sepa o entienda. Eduardo Sanchez

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    1. Hola Eduardo
      Gracias por tus palabras.
      Los docentes nacionales que nos hemos jubilado después del 2006 cobramos muy buenas jubilaciones. No así los que se jubilaron antes de esa fecha que cobran jubilaciones en algunos casos miserables, pues el decreto 137/2005 los dejó afuera. Igualmente para los docentes universitarios que se jubilaron antes de la ley 26508. Los que hicieron juicios mejoraron un poco su situación.
      Por eso considero que estamos en una situación de privilegio. Los que se quejan no sé porqué lo hacen. Siempre digo que calculen si lo que cobran corresponde al 82% del sueldo del activo que ocupa su cargo en la actualidad. A mi hasta ahora me da el 82%.
      Con respecto a tu pregunta hay que hacer el cálculo que dije y si es del 70% o menor hay que reclamar. Por ahora sólo existe la vía judicial. Espero haber respondido tus dudas.
      Te envío un saludo cordial.

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    2. El problema es cuando como yo tenia opcion de jubilarme por Ips o anses y elegi por el 82 % no se si cumple como decis xq tenia 24 modulos y no encuentro nunca cuanto es hoy lo que se cobra por eso

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  16. En tres años perdí el 13% de mi jubilación docente inicial ( 82% de mi ultimo sueldo), quisiera saber de algunas personas que tuvieron sentencia del caso gemelli, me dijeron que al cobrar la sentencia dejan de cobrar los posteriores aumentos.-

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    1. Hola Antonio. Así han comentado muchos. Traté de averiguar pero nadie supo darme una respuesta. Tal vez con esta ley que se va a tratar ahora se resuelva este problema.
      Saludos

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  17. Anónimo8/02/2016

    Porque los aumentos del gobierno en marzo y octubre no se aplican igual en nuestras jubilaciones, por ejemplo en marzo el porcentaje de aumento se aplica a todos los ítems de cobro y el resultado del aumento es lo que dice el gobierno, en cambio en octubre son distintos los porcentajes y al final el aumento es menor al anunciado. Esto viene pasando después de la primera vez que lo aplicaron, en esa primera vez se aplico siempre para todos los ítems .

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  18. Hola
    Los jubilados docentes no tenemos la misma movilidad que los otros jubilados. Nuestra movilidad es el índice RIPDOC. En el archivo del blog está varias veces explicado.
    Saludos

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  19. Anónimo8/12/2016

    soy jubilada docente nacional desde que gané el juicio en 2015 mi haber ha sido excluído de la movilidad. quisiera saber que pasos debo seguir en anses para recuperar la reactualización de mi haber. saludos

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  20. Hola. A muchos jubilados que han ganado juicios se les suspende la aplicación de la movilidad. Cada caso es distinto. Debe consultarlo con el abogado que llevó adelante el juicio. Saludos

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  21. creo que eso que no se puede hacer un aumento discriminado por provincia es falso.
    el modo de ajuste semestral de jubilaciones es una forma de no pagarnos el porcentaje con el que nos jubilamos ya que nos quitan la mitad del aumento por 6 meses saludos y que el 2017 sea mejor para todos

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  22. CARLOS7/17/2018

    Hola, quisiera saber quien controla que la fórmula se aplique correctamente? Me preocupa.

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    1. Hola Carlos.
      Esta fórmula fue modificada. Tanto cuando se aplicaba esta fórmula como la actual los abogados previsionalistas y periodistas especializados controlaban que se aplicara bien. En varias oportunidades, (no recuerdo cuántas pero dos seguro) se denunció.
      Ahora es más fácil porque la fórmula es más sencilla. Los periodistas ya la anuncian meses antes que se aplique. Los medios ya han publicado la movilidad general para setiembre.
      Cordiales saludos.

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  23. Como calcularon el ripdoc a menos del 10% si la inflacion acumulada estaba a fines de junio en masdel15% y no habia paritarias cerradas en la masa salarial

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    1. La inflación no se tiene en cuenta en el cálculo del RIPDOC. Se toma la masa de aportes de los docentes, no las paritarias. Está explicado en muchos artículos de este blog.
      Saludos.

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  24. Lucy veo que contestas algunas cosas y tambien que mis vomentarios no de publican

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  25. Claro pero la masa de aportes depende de las paritarias o acaso tuvieron en cuenta todos los adelantos a cuenta de paritaria que dio el gobierno
    Tengo duda que en todas las provincias involucradas lo hayan hecho

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  26. Tomando 12 meses es 49%

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