jueves, 5 de mayo de 2016

Calendario de pago de mayo a agosto

Les paso el link de la resolución de la ANSES donde consta el calendario de pago de mayo a agosto.
Recuerden que con junio se cobra el medio aguinaldo.
http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/260000-264999/260298/norma.htm

107 comentarios:

  1. Hay que recordar que los que cobran su haber el día unes, ya está depositado el sábado anterior!!

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  2. Anónimo5/10/2016

    Hola. Un apregunta para quien pueda orientarme. Mi jubilación es de $25577 bruto, luego del aumento de marzo. Descontado PAMI: $24192. En el mes mencionado no me descontaron impuesto a las ganancias. Copn el cobro de abril sí, siendo el descuento de $634. ¿Alquien podría decirme si se puede considerar como algo fijo o suma cuota de comienzos de año...o no sé qué cosa? Mi desorientación es total. Muchas gracias desde ya. Saludos
    Alfredo

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    1. Hola Oscar.
      El impuesto es anual, por lo que todavía no se puede calcular completo. Lo que descuentan mes a mes es un adelanto, en general es igual pero a veces van haciendo ajustes,depende de cada caso. Si nunca había pagado antes recuerde a fin de año presentar el F572 con las deducciones que le correspondan. Vaya juntando recibos de gastos médicos, si tiene, que le van a servir.
      Saludos cordiales.

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    2. Ganando menos me descuentan una suma parecida + $ 70 que me dijeron que es lo que debo de los primeros meses donde no me descontaron y que me faltan 7 cuotas mas, es una vergüenza, con un aumento tan mínimo que parte se lo lleve el impuesto a las ganancias.

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  3. Anónimo5/12/2016

    Gracias, Lucy. De gastos médicos tengo bastantes. Con respecto a si pagaba antes, me descontaron hasta agosto de 2013. A partir de este mes quedé comprendido en el decreto 1242 o sea que no me descontaron más hasta abril de este año. Yo coincido con que era arbitrario pero lo que que corresponde es que no nos descuenten a ninguno de nosotros. En fin, esperemos que luego del tratamiento de proyecto acerca de despidos, importante por cierto, se retome el de ganancias, con modificación de mínimo y escalas (en realidad debería eliminarse) y sea para este año, NO para 2017.
    Muchas gracias nuevamente. Saludos
    Alfredo

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    1. Anónimo5/13/2016

      Alfredo
      Si bien lo que decis tenes razón, lamentablemente no creo porque de alguna manera ya lo dijeron que este año no habrá mas cambios. En caso que se realicen los cambios de minimo no imponible y escalas lo estiran para 2017, y veremos el proximo año si lo concretan o siguen bicicletendo. Lo mismo pasa con bienes personales que dicen estudiar para cambiar el proximo año. Lo ideal sería que al menos los jubilados no tengamos que pagar dicho impuesto.

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  4. Anónimo5/14/2016

    Hola Lucy, ¿se sabe algo sobre la exclusión del aguinaldo para el para el pago de ganancias? Si no lo hacen nos van a sacr un montón de plata! Cariños! Marinés

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    1. Hola Marinés. Hasta ahora no escuché nada. Esperemos que lo hagan.
      Saludos.

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    2. Acabo de consultar con Ismael Bermúdez de Diario Clarin y el programa de Lanata en Mitre, por twitter, me respondió personalmente y dijo concretamente: Ismael Bermudez- Triaca dijo que no habrá exclusión medio aguinaldo. Al menos a los jubilados deberían excluírlo, pero parece que no.

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    3. Gladys Pinacca. Le hubieras preguntado a Bermúdez como se contacta con la diputada Tundris para que se pueda reconsiderar la movilidad del segundo semestre. Gracias

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  5. Movilidad jubilatoria docente

    Es imperioso cambiar el criterio aplicable a la movilidad de las jubilaciones nacionales del segundo semestre de cada año. Este porcentaje de los haberes jubilatorios de los docentes nacionales (RIPDOC) siempre será menor que el promedio calculado con la fórmula de la ley de movilidad previsional del nivel general. En el caso de los docentes nacionales hay numerosas variables remunerativas que no se pueden controlar: a) tiempo transcurrido entre la primera paritaria docente nacional referente; b) los tiempos y porcentajes que las distintas jurisdicciones provinciales aplican para definir los aumentos y en cuántos tramos. Concretamente, debiera tomarse el actual haber SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) del cargo que tenía cada docente cuando se jubiló y multiplicar por 0,82, y así mensualmente, se obtendría el haber bruto jubilatorio con todos los ajustes habidos; esto es, el 82% real y actualizado al sueldo del cargo activo. Las bases de datos SIPA se pueden cruzar informáticamente. Sería la forma más justa de calcular el haber jubilatorio del docente nacional jubilado. Si no fuera posible, deben ajustarse tal cual lo hace el gobierno en los dos semestres con el nivel general, y con sus mismos porcentajes, única solución salomónica que logró el equilibrio temporal entre los jubilados generales y los docentes, pero que el gobierno nacional dejó sin efecto para estos últimos en el segundo semestre, estableciendo un porcentaje significativamente menor por la aplicación del índice arbitrario denominado RIPDOC. Al asumir el actual gobierno, una de sus primeras medidas fue derogar el decreto 1242/13 que rescataba de la injusticia a muchos activos y jubilados a los cuales no se les descontaba el impuesto a las ganancias, en igualdad de condiciones con otros activos y jubilados que nunca lo aportaron y que sin embargo, tal situación no constituye una inequidad, tal como reza el decreto 394/16 con el cual el actual gobierno derogó al 1242/13, refiriéndose a los que estaban beneficiados por el mismo. Claro, solucionó una “inequidad” a golpe de DNU, la mantiene para otros, y simultáneamente eliminó retenciones al campo y a las mineras. Por ello, los jubilados y activos que comenzamos a pagar ganancias fuimos los primeros altruistas: debemos olvidarnos de nosotros mismos para beneficiar a los demás. Mientras tanto, continúan los ajustes para arriba para ciertas actividades que aparentan ser trabajo pero que no lo son, y no producen ni lo que consumen y se acostumbraron a la inclusión, esto es, recibir pan sin haber sudado la frente. No se trata de falta de caridad ni de negar el asistencialismo, sino de pedir, simplemente, que se enseñe a vivir dignamente, a ganarse el sustento con sacrificio, con voluntad, sin vivezas criollas, que los niños nazcan como fruto del amor y la bendición de Dios y no por persuasión de una norma denominada social, demagógicamente.

    José René Iovane
    iovane@msn.com

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  6. José, Ismael Bermudez tiene Twitter, y acepta las comunicaciones, el tema es que en tuit el mensaje debe ser acotado. Yo le mando hoy el primer párrafo de tu comentario anterior. Saludos. Mi mail es arielle2312@gmail.com recién veo tu mensaje.

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  7. Es una barbaridad lo que nos descuentan por el aguinaldo, no tenemos forma de unirnos los jubilados y comenzar una acción legal por este descuento a lo aportado durante tantos años de trabajo?

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  8. He visto mi liquidación previsional por Anses. Al cobrar el aguinaldo corresponde ganancias, como dije en otro post, no viene el descuento en este bono de sueldo, es muy probable que venga en julio o agosto. Saludos.

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    1. A mi me viene un descuento de ganancias, una parte de las cuotas que "debo" de los meses que no me descontaron y un descuento igual al anual correspondiente al aguinaldo.

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    2. Yo no pago ganancias, nunca he pagado, sólo me corresponderá por el aguinaldo, probablemente por eso recién me vendría en julio o agosto, pero sí promulgan la ley que ayer han votado sobre la exención a los que no declaran bienes, probablemente quede exenta, mensualmente estoy justo en el límite, sólo paso el límite con el aguinaldo Stella. Beso

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  9. Anónimo6/06/2016

    Hola. Soy Liliana. Alquien puede informarme cuanto se paga por caja complementaria?. Estoy haciendo las planillas de la Caja complementaria para presentar a la brevedad, y me han comentado que pagan en forma bimestral. Pero lo que nadie sabe responderme es "cuanto pagan".... Es un porcentaje del sueldo bruto? Gracias a quien pueda responderme.

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    1. Es casi imposible saber cuál será tu haber. Depende de muchas variables como antiguedäd, si aportabas en todos los cargos y escuelas, etc. No es un porcentaje y depende de lo que la Caja recaude. Saludos

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    2. Como dice Lucy no hay un porcentaje, se que tienen un mínimo y un máximo que ahora los desconozco. Te recomiendo que te fijes bien que los recibos de sueldo que presentes coincidan excactamente con la planilla, una pequeña diferencia y te lo rechazan, por lo menos a mi me pasó. Suerte.

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  10. Acaba de anunciar Wolly Cohan que queda fuera del Impuesto a las Ganancias el medio aguinaldo.

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  11. Anónimo6/27/2016

    Sr. Director: Me dirijo a Ud. para solicitarle tenga a bien considerar la posibilidad de publicar la carta que transcribo a continuación, en el espacio de su digna administración. Muchas gracias.


    A continuación transcribo el considerando del decreto que derogó al decreto 1242/13, donde el actual gobierno nacional expresa taxativamente que la norma derogada trajo ¡¡¡“consecuencias inequitativas!!!...

    Cuarto considerando del DNU 394/16 del PEN, que derogó al Dto. 1242/13
    :
    “Que el Decreto N° 1.242 de fecha 27 de agosto de 2013, que estipula medidas en el marco de la determinación del impuesto a las ganancias, con relación a las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, trajo consigo una serie de“consecuencias inequitativas” desde su aplicación a partir del 1 de septiembre de 2013 hasta la actualidad.”
    Mi inquietud me lleva a preguntar: ¿ el Dto. 394/16 ha subsanado todas las "situaciones inequitativas" que existían respecto al pago del Impuesto a las Ganancias, esto es, que todas aquellas personas que percibían y perciben un salario, sueldo, haber, renta, etc. como activo o pasivo y que por monto les corresponde, sean cuales fueren sus funciones y obligaciones, y estén en cualquier situación legal de dependencia, tributarán el citado impuesto, sin excepciones, a partir del citado decreto ?

    Si no es así, el gobierno nacional ha errado los fundamentos en los que basó al Dto. 394/16 y cualquier presentación ante la justicia solicitando amparo, por ej. por verdaderas inequidades realmente existentes aún con vigencia del mismo, podría obtener como resultado un dictamen de improcedencia o, lo que sería más justo, la excusación lisa y llana de quien tuviera que administrar, precisamente, esa justicia. ¿ Entonces, quien debería dirimir la cuestión sin que lo alcance las generales de la ley?

    P.D “situaciones inequitativas” no existe en el diccionario de la Real Academia Española.

    Por ello, salvo mejor opinión, en la redacción del Dto. 394/16 debió usarse “inequidades consecuentes” en lugar de “situaciones inequitativas”y debería modificarse el DNU 394/16 del gobierno nacional porque no expresa en su texto, taxativamente, el motivo esencial por el cual deroga al Dto. 1242/13.


    José René Iovane - DU 8065016 - Tel 0381-4305720- Cel. 3816489111- Pje Enzo Bordabehere 84 - (4000) San Miguel de Tucumán- iovane@msn.com

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  12. Susana6/28/2016

    Hola colegas.Esta mañana escuche al periodista previsional Ismael Bermúdez habló por TN y dijo que docentes no entran en esta nueva nueva reestructuración de aumentos a Jubilados ,debido a que tienen regimenes especiales.Que pena nunca se cumplió con la aplicación de nuestra ley 24.016 .Atte. Susana de Mardel

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  13. Buenas tardes Lucy: Me puede informar si con el mes de junio/16 se realizará el descuento a las ganancias en el aguinaldo? Muchas gracias

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    1. Hola. Sí se hace el descuento. Luego lo tienen que devolver. Ya estaba liquidado antes que saliera la nueva ley de jubilaciones.

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    2. Acabo de fijarme en la liquidaciónn de julio, no solo no devuelven nada de ganancias que nos deberían devolver sino que casi me descuentan el doble de lo que me venian descontando, no entiendo nada, sigo cobrando lo mismo y me descuentan más, dentro de poco voy a cobrar menos de lo que cobraba menos del aumento del 15 %

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    3. Hola Stella
      Hay que esperar para la devolución. Recién ayer se aprobó la exención de ganancias en el aguinaldo.Respecto a los descuentos siempre Anses fue un desastre como agente de retención. Y lo peor es que si presentas reclamo te contestan enviándote copia de leyes y decretos.
      Saludos

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    4. Hice el reclamo por mail por la diferencia del descuento ya que telefónicamente nadie atiende, pero ya me descuentan casi el aumento del 15 % :(

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  14. Anónimo6/30/2016

    Lucy: acabo de leer un mensaje del especialista en jubilaciones docentes, Aníbal Paz que los regímenes especiales jubilatorios como el del dto. 137/05 quedamos excluídos totalmente de la ley recientemente aprobada. Entonces, ¿cuál será la movilidad de septiembre?. ¿Cambiará el RIPDOC porque al parecer cambian los referentes del nivel general. Ya no se toma lo recaudado, sino un índice de variación de los salarios (significativamente menor), dividen a los jubilados en franjas que dependen de los años en que se obtuvo el beneficio y se ajustan distinto , etc. etc. Creo que es lo mismo que hizo la alianza pero de golpe. Este sistema primero confunde, crea incertidumbre, establece irrenunciabilidad al nuevo régimen cuando p.ej. se advierta su inconveniencia. Es cierto lo que dijo Macri : los jubilados hemos sido estafados y él profundiza dicha estafa pues comienza por dividirnos, luego por atomizarnos .

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  15. Estimada Lucy: Muchas gracias por su respuesta y le cuento que antes de este fin de semana cobre y no me hicieron descuento del Impuesto, espero seguir así.

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    1. Hola Libertad! Fijate la liquidación de julio.

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  16. Anónimo7/04/2016

    Hola Lucy, entré en la página de Anses para ver mi recibo de julio. Sorpresa :( : me descontaron el doble de lo que me venían descontando para ganancias. Espero que sea lo del aguinaldo y me lo devuelvan.
    No puede ser que a los jubilados nos descuenten ganancias sobre un ahorro que hemos hecho durante tantos años de trabajo. Cariños
    Marinés

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    1. Hola Marinés. Posiblemente, como fue aprobado por ley, nos devuelvan lo descontado por el aguinaldo.
      Y tengamos esperanza con todos pos proyectos que hay dando vuelta se apruebe alguno que beneficie a los jubilados
      Cariños

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  17. Anónimo7/04/2016

    Hola Lucy, entré en la página de Anses para ver mi recibo de julio. Sorpresa :( : me descontaron el doble de lo que me venían descontando para ganancias. Espero que sea lo del aguinaldo y me lo devuelvan.
    No puede ser que a los jubilados nos descuenten ganancias sobre un ahorro que hemos hecho durante tantos años de trabajo. Cariños
    Marinés

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    1. Es así. Es injusto, como tantas cosas en este país. Hace unos años presente un recurso de amparo para que no me descontaran ganancias, pero el juez, que no paga ganancias, determinó que estaba bien que a los jubilados le descontaran ganancias!!! Cariños

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  18. Anónimo7/05/2016

    Hola Lucy, acabo de leer que para reclamar lo que nos sacaron del aguinaldo para ganancias hay quehacer un trámite ante la AFIP. No puedo creer que los jubilados tmb tengamos que hacerlo!. El titular decía que la devolución no sería automática. Si sabés algo de ésto por favor publicalo. Gracias! Cariños!
    Marinés

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  19. Anónimo7/06/2016

    Hola Lucy, te hago una consulta: los jubilados ,¿tenemos que hacer tmb el trámite en AFIP para la devolución de ganancias del aguinaldo?
    Si sabés algo por favor publicalo. Yo espero que ANSeS tenga la gentileza de devolverlo. Ya bastante ridículo es pagar ganancias sobre un ahorro hecho durante muchos años de trabajo. Gracias y cariños! Marinés

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    1. Hola Marinés. Por lo que averigüé hasta ahora todos los que pagan ganancias van a tener que hacer el reclamo para que le devuelvan el aguinaldo. Hay que esperar que se reglamente. Y parece que va a ser complicado. Esperemos. Apenas tenga noticias las comunico. Cariños

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  20. Anónimo7/07/2016

    Gracias Lucy!! Feliz día de la Independencia! Cariños!
    Marinés

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  21. Anónimo7/09/2016

    Hola Lucy, ayer estuve escuchando sobre el reclamo del descuento de ganancias ante la AFIP . En mi caso es la opción de los que no pagamos BIENES PERSONALES. Pero resulta que si cobrás por año $144.000 tampoco podés reclamar. Yo, por ejemplo ( y muchos de nosotros) superamos esa cantidad. Por lo tanto no podemos reclamar nada.
    Fijate si coincidís conmigo o yo entendí mal. Cariños Lucy, y espero haber entendido mal! Marinés

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    1. Hola Marinés. Si presentaste las declaraciones juradas que eran obligatorias si ganabas más de 200000 este año y 96000 el año pasado, aunque no te correspondiera pagar, sí te van a devolver. Cariños

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  22. Perdón chicas, pero no entiendo, yo no presenté ninguna declaración jurada, al no subir ganancias me descuentan de una siendo jubilada, cuando trabajaba no tenía descuentos, que se supone que debo hacer?

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  23. Anónimo7/11/2016

    Hola Lucy, te escribí el comentario anterior pero creo que no puse mi nombre. Cariños! Marinés

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  24. Todos los años se hacen declaraciones juradas de bienes aunque uno no tenga bienes personales que declarar, sí se supera determinado monto anual por sueldos.
    Muchos ni se enteran, otros enterándose no las hacen porque como no les corresponde pagar consideran que no es necesario. Este año le devolverán ganancias a las personas que no sobrepasen los doscientos mil pesos anuales en 2014 y 2015 o que habiendo sobrepasado ese monto han hecho las declaraciones juradas de bienes personales y es lógico porque no puede ser automático. Yo en lo personal no he hecho las declaraciones juradas, como el año que viene parece que van a ser ochocientos mil pesos el monto y como yo solo pago ganancias por el aguinaldo, no sé si siquiera me conviene hacerlo, ya que por no hacerlo, corresponde multa. así que como muchos otros sigo a la deriva. FELIZ DÍA DEL AMIGO A TODOS.

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    1. Así es Gladys tal cual lo explicas tan bien. Y me parece bien que el año entrante eleven el monto. Yo tuve que contratar a un contador este año para que me hiciera la declaración de bienes personales a pesar de que no tengo que pagarla. Saludos y gracias por tu aporte.

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    2. Gracias por la respuesta, pero nunca hice declaración de bienes, no sabía que hacerla y tampoco voy a pagarle a un contador para no pagar ya que no llego a esos montos.

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  25. Ismael Bermudez de Clarin y Radio Mitre me contestó a la pregunta sobre anuncios de Movilidad que se dará en diez días.

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  26. Ana M.7/26/2016

    Hola Gladys: que te contesto Ismael Bermudez sobre anuncios de Movilidad? Gracias.

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  27. Anónimo7/28/2016

    Hoa Lucy, quisiera saber si ya se promulgó la ley que permite el reclamo del descuento de ganancias del aguinaldo. Estuve mirando el recibo de julio, me descontaron el doble para ganancias, pero no aclara si es por el aguinaldo. En principio iré a la AFIP a tramitar la clave fiscal ya que no la tengo. Cariños!! Marinés

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    1. Hola Marinés. Si se promulgó. Para que te devuelvan tenés que cumplir çiertas çondiciones y hacer un trámite. Te paso un link que explica los pasos a seguir http://www.cronista.com/finanzasmercados/Claves-para-recuperar-el-pago-de-Ganancias-del-medio-aguinaldo-20160707-0116.html
      Cariños

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    2. Anónimo7/29/2016

      Para Marinés: estuve en AFIP por otro trámite y, de paso, consulté por un tema similar al tuyo, ya que a mí también me descontaron en julio de impuesto a las ganancias casi el doble que en junio. Y tampoco especifica el concepto. No quiero desalentarte pero el empleado -muy amable y harto de tanta tropelía - me dijo, lisa y llanamente, que son los agentes de retención que hacen eso -"entra el que entra"- y que el reclamo es engorroso para desalentar a que la gente lo haga.
      Tal vez con el link que dejó Lucy tengamos más suerte.
      Saludos
      María

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    3. Ayer escuché que a partir del 16 de agosto debe hacerse el reclamo de ganancias por la web de la Afip

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  28. Acababan de decir que los docentes quedamos excluidos los docentes de la Reparacion Historica, slguien sabe el motivo?

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    1. Hola Stella. Porque nuestro haber se calculó en base al 82% del último sueldo, es decir no se utilizan índices. Ahora corrigen los índices en base a los cuáles se calcularon los haberes de cada jubilado.
      Saludos

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    2. gracias Lucy, y los que tenemos sentencia definitiva cobraremos o quedamos en el limbo?

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    3. Anónimo7/29/2016

      Stella: yo interpreto que quienes deberían estar comprendidos son aquellos docentes jubilados que se jubilaron, justamente, antes de diciembre de 2009, pues no los alcanzaba el 82% del último sueldo bruto. Sería una verdadera injusticia que los dejaran afuera.

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    4. Hola. Los docentes que se jubilaron antes del 2009 la mayoría solicitó actualización según decreto SSS 14 y les fue otorgado, así que no les corresponde. A los que no lo hicieron sí les corresponde. Algunos ya han consultado en su página de Anses y efectivamente es así.

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    5. Stella tenés que consultar en tu página de Anses (Mi Anses) en donde dice "reparación histórica" te informa sobre tu caso.

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    6. Yo me jubilé en abril del 2009 y ni ahí me liquidaron el 82 %, cuando fui de la abogada sacó la cuenta y también dijo lo mismo, veremos.

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    7. Stella. Ya podés consultar en la página de Anses si estás incluida en la reparación histórica. No entiendo porqué no te jubilaste con el 82%. No está incluido en tu liquidación el código 006 variación salarial doc dec SSS n° 14?

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  29. Anónimo7/29/2016

    Gracias Lucy!! Cariños! Marinés

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  30. Anónimo7/30/2016

    Hola Lucy: ya se sabe algo de la movilidad de docentes jubilados de setiembre? Muchas gracias.

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    1. Hola. En los próximos días seguro lo anunciarán. Saludos

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  31. Anónimo7/31/2016

    Muchas gracias Lucy

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  32. Anónimo8/01/2016

    Señora Lucy: el 82% del bruto del último salario comenzó a tomarse en cuenta A PARTIR DE DICIEMBRE DE 2009 ( y hablo tb, obviamente, del Decreto 137/05). Es por eso que a Stella, jubilada en abril NO se lo otorgaron. Y por conocimiento es que dije que NO A TODOS los jubilados antes de esa fecha les dieron dicho beneficio -o mejor dicho DERECHO-, aún habiendo hecho el reclamo. Saludos.

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    1. Hola. No es como usted afirma. El 82% sobre el sueldo bruto se cobra desde el año 2006. En el año 2009 lo que empezó a regir fue la movilidad. le paso un link con toda la legislación desde el decreto 137/05 y todos sus reglamentaciones y modificaciones http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/RES_11000033_2005_04_25
      Yo me jubilé en el 2007 cobrando el 82% pero sin movilidad, se cobraba el aumento otorgado a todos los jubilados. En el 2009 se empieza a cobrar la movilidad por CVS y en 2011 por RIPDOC.
      Los que tuvieron dificultad para la actualización fueron los que se jubilaron antes del 2006.
      No conozco en detalle el caso de Stella. No sé cuándo se jubiló y en qué condiciones. Tal vez lo haya mencionado pero no recuerdo.
      Saludos cordiales

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    2. Hola. No es como usted afirma. El 82% sobre el sueldo bruto se cobra desde el año 2006. En el año 2009 lo que empezó a regir fue la movilidad. le paso un link con toda la legislación desde el decreto 137/05 y todos sus reglamentaciones y modificaciones http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/RES_11000033_2005_04_25
      Yo me jubilé en el 2007 cobrando el 82% pero sin movilidad, se cobraba el aumento otorgado a todos los jubilados. En el 2009 se empieza a cobrar la movilidad por CVS y en 2011 por RIPDOC.
      Los que tuvieron dificultad para la actualización fueron los que se jubilaron antes del 2006.
      No conozco en detalle el caso de Stella. No sé cuándo se jubiló y en qué condiciones. Tal vez lo haya mencionado pero no recuerdo.
      Saludos cordiales

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    3. Hola ucy, mi caso ya te lo expliqué, mi cese de actividades fue el 31 de marzo del 2009. En abril según la cuenta de mi abogada en aquel entonces cobré $ 500 menos, cuando le dije me respondió que hiciera juicio y es lo que hice inmediatamente, el juicio siguió, salió a mi favor y hace casi un año que ya estoy en liquidaciones. Cuando pueda arreglar la clave de ANses, veré si dice algo ya que mi abogada no atiende el telefono ni un mail, pero se me ocurre que si estuviera bien no hubiera prosperado el mismo.

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    4. Anónimo8/02/2016

      Señora Lucy: no es como usted dice o, al menos, no interpreta lo que yo digo. Estuve particiupando de arduas luchas sindicales para que se diera la movilidad y NO se considerara el 82% del promedio de los últimos diez años, luego reducido a cinco, que quería imponer Daniel Filmus, por aquella época y sin movilidad. El 82% sobre EL ÚLTIMO SUELDO BRUTO -y no sobre promedios y fijo- se empezó a cobrar conjuntamente con el decreto 137/05 recién en diciembre de 2009. Por ese motivo ninguna de mis compañeras y ninguno de mis compañeros se querían jubilar, lo recuerdo muy bien. Y es por ello que a Stella no le pagan como corresponde, razón por la cual debería reclamar."Yo me jubilé en abril del 2009 y ni ahí me liquidaron el 82 %". Más claro...
      Saludos
      Juan Carlos, jubilado de escuela preuniversitaria

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    5. Hola Stella. Gracias por recordarme tu caso. Me es imposible recordar todo. Espero que tengas suerte.
      Saludos

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    6. Hola Juan Carlos.
      Por supuesto que el cálculo se hace sobre el 82% del último sueldo. No así los docentes universitarios.Nunca dije lo contrario.
      A lo que yo me refiero es desde cuándo se cobra el 82%. Y le confirmo que es a partir de fines del 2006 y principios del 2007. Yo, junto con muchos docentes amigos y conocidos nos JUBILAMOS EN EL 2007 COBRANDO EL 82%. LO QUE CAMBIÓ EN 2009 FUE QUE SE IMPLMENTÓ LA MOVILIDAD. PRIMERO EL CVS Y LUEGO EL RIPDOC
      Saludos

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  33. La reparación histórica no contempla a los docentes con el ochenta y dos y tampoco a los docentes con juicio, anterior al otorgamiento del ochenta y dos.
    En la página de Anses, de cada uno, al costado izquierdo dice reparación histórica y dándole click, sale la leyenda que no corresponde. Besos Lucy...esperando la noticia de la movilidad...

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  34. Anónimo8/02/2016

    Lucy no sé dónde escribir por eso lo hago acá.Soy docente. Está por salir la jubilación por Anses, pero sigo trabajando en pcia de Bs As hasta que salga. Mi duda es cuándo tengo que renunciar y a donde va dicha renuncia: al Ministerio de Educación, al consejo escolar o a la escuela? Gracias, Graciela

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    1. No entiendo porqué no ha renunciado aún. Buenos Aires es como San Fe que no ha transferido su Caja. No hizo renuncia condicionada de su cargo en Provincia? Ese cargo tendría que estar incluido en su jubilación.
      Como no conozco en detalle su caso tal vez no sea así. Nuestro blog es referido a jubilaciones nacionals, no conozco la respuestas a lo que me pregunta. Tal vez algún lector del blog de provincia de Bs.As. pueda ayudarlo/a.
      Saludos

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    2. Anónimo8/06/2016

      sí hice la renuncia condicionada pero sigo trabajando hasta que salga la jubilación y luego debo iniciar otro trámite para reconocer el periodo desde la renuncia condicionada. El cargo está incluido en la jubilacion. Me jubilo por anses.

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    3. Hola. Ahora entiendo. Tal vez hubiera sido más fácil hacer todo junto.
      Reitero que somos de la provincia de Santa Fe y no manejamos datos de la Provincia de Bs. As. Pero hay muchos lectores de allí que tal vez la puedan ayudar. Saludos afectuosos

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  35. Anónimo8/04/2016

    Hola a todos. Yo me jubilé en septiempre de 2008 con el 82% de mi ´
    último sueldo en actividad. A partir de marzo de 2009 comencé a cobrar la movilidad de mi jubilación al igual que todos los jubilados. Es como dice Lucy. Saludos- Marinés

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    1. Hola. Ud. nunca dijo que se jubiló en escuela preuniversitaria. Parecía que se refería a todos los docentes jubilados por Anses. Es verdad que ustedes están en una situación especial, porque además su sueldo se rige por los sueldos universitarios. Lástima que no lo aclaró antes. Aclarado el tema le envío cordiales saludos.

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  36. Buenas tardes, quería saber si tienen alguna información acerca del aumento a los docentes jubilados para el mes de septiembre. Muchas gracias.

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    1. Hola. Todavía no se anunció el aumento a los jubilados. Después que se anuncie se conocerá el de los docente.
      Saludos

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  37. Anónimo8/06/2016

    hola Lucy Sabes cuando van a anunciar el aumento que nos corresponde a setiembre.Soy Juan de Necochea ,aca hace mucho frio .un beso .

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    1. Hola Juan. Seguramente en los próximos días anunciarán la movilidad en general. De ahí podremos calcular un estimado. Antes de fin de mes seguro tendremos la cifra definitiva.
      Qué invierno frío!!! Acá en Rosario después de mucho tiempo estamos gozando de unos días mas templados.
      Saludos afectuosos

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    2. Hola a todos.
      Hoy Bermudez en Clarín publica que esta semana el gobierno anunciará el aumento que estará entre un 14 y un 15%. Para la movilidad general.
      Recuerden que ya publiqué que para los docentes hay que restarle un 1,38% al RIPDOC.
      Saludos a todos

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  38. Anónimo8/07/2016

    Buen día para todos. Después de ARDUA TAREA ¡que me llevó años! la "exquisita" página de ANSES "me permitió" lograr mi clave de seguridad. Porque en vano pedí turnos para ello. La cuestión es que ¡Eureka! pude lograrla. Y es a través de ella que puedo ver que en mi recibo de jubilación -más explicitado que en ese "boletito" que nos imprime el cajero automático- aparece como aporte a PAMI -que JAMÁS uso porque es un desastre y conservo la mía de origen- en forma escrita: "descuento Obra Social 3%" ¡y NUNCA fue ese el porcentaje que me descontaron desde que me jubilé en 2012! El aporte ronda el 5,4%. ¿Alguien sería tan amable de explicarme sobre esto? Hago el cálculo sobre el bruto y de ningún modo me da el porcentaje por ley.¡Estoy harta de tanta confiscación, de tanto robo, habiendo trabajado doce horas por día durante años!
    Disculpen que me indigne, pero si sumo que casi me duplicaron el descuento de ganancias este mes ¡me sube la presión! Y trato de calmarme porque soy hipertensa.
    Desde ya, gracias.
    Saludos
    Beatriz de Rosario

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    1. Hola Beatriz.
      El descuento para los jubilados por o.s es del 3% hasta un monto de la mínima. K
      Todo monto que exceda la mínima sufre un descuento del 6%.
      El único consuelo que te puedo dar es que nos pasa a todos.
      Cariños.

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    2. Anónimo8/07/2016

      ¡Muchas gracias, Lucy!Por supuesto que me indigna, más pensando en LO DESASTROSO que es PAMI y lo mal que atienden y ROBAN. Pero al menos sé a qué se debe el descuento superior al 3%.
      Cariños.
      Beatriz

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  39. Me ganaste de mano Lucy. Un beso enorme y muchas gracias siempre.

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  40. Hola, pido si tiene alguien para aconsejarme que hacer para sacar la clave fiscal, llene los datos pero la clave que me envian no me la toma, voy al ANSES, me la habilitan pero no puedo entrar, llamo al 130 y me dicen que ponga olvidar, me dan otra clave, tampoco entro, voy de nuevo al ANSES me la habilitan y me entregan un folleto como crear la clave social, que no es mi caso y esa pantalla me lleva a crear una nueva clave, que obvio tampoco funciona, me dicen que el sistema está colapsado, pero ya vengo con este problema desde hace mucho, mañana voy a ir de nuevo al ANSES, pero no puede ser que hagan esto tan problematico

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    1. Hola Stella. Te aconsejo que si podés uses otra computadora. De un hijo/a amiga. Después de ir al Anses y blanquear tu clave intentes entrar, siempre con la misma clave que tenías, no hay que crear otra.(salvo que Anses te entregue otra).
      Probá hacer esto, espero que tengas suerte.
      Cariños

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    2. Lucy, ya se lo hice a hacer a una amiga hacerlo en su casa, algunos me dijeron que era el navegador, ya bajé cinco, me jubilé como docente de informática, ya dudo de mis conocimientos, hasta me llegaron a decir que entra mucha gente, cuando es así no se puede entrar a hacer el trámite, de todos modos probé a horas insólitas, gracias por tu ayuda, creo que Anses debería tener una terminal con un empleado para este tipo de cosas. Te agradezco y veo que pasa, de todos modos te comento que me leyó que no pertenezco a la Reparación Histórica por ser docente, voy a ver si puedo averiguar si mi juicio que está en liquidaciones va a quedar en el limbo. Muchísimas gracias!!!!! como siempre

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    3. Hola Lucy, ha sucedido un milagro, hice los mismos pasos que en días anteriores y entré, no lo puedo creer, este sistema es complicado. Gracias poe tu consejo, pero tuve que entrar con una nueva clave!!!

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    4. Me alegro Stella. Y sí, puede estar colapsado el sistema.
      cariños.

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  41. Anónimo8/09/2016

    Hola Lucy: soy Juan de Necochea, hace un frio barbaro, decime sabes el porcentaje de aumento de setiembre,sera del 15 % ? gracias Lucy

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    1. Hola Juan. Dijeron que lo anunciarían esta semana.
      Saludos

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  42. Anónimo8/12/2016

    Aumentan las jubilaciones y la AUH un 14,16% en septiembre VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2016 • 13:20

    El director ejecutivo de la Anses, Emilio Basavilbaso, anunció hoy que la recomposición de los haberes jubilatorias que se aplicará en septiembre será del 14,16 por ciento.

    http://www.lanacion.com.ar/1927514-aumentan-las-jubilaciones-y-la-auh-un-1416-en-septiembre

    A este porcentaje tenemos que restarle 1,38
    Saludos
    Juan Carlos

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    1. Hola Juan Carlos
      Tenemos que esperar que publiquen el RIPDOC de julio. A ese porcentaje hay que restarle el 1,38%. En la nota 12 de marzo lo expliqué en detalle.
      Saludos cordiales

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  43. Anuncian un aumento de 14,16% en las jubilaciones y las asignaciones por hijo
    LO COMUNICÓ EL TITULAR DE LA ANSES, EMILIO BASAVILBASO, EN LA PLATA. LA SUBA SE COBRARÁ A PARTIR DEL PRÓXIMO 1 SEPTIEMBRE Y BENEFICIA A UNAS 16 MILLONES DE PERSONAS.
    LOS DOCENTES ENTONCES COBRARÁN 12.79 SEGÚN MI CÁLCULO. CREO QUE ES POCO, PERO ES CUATRO PUNTOS MÁS QUE EL AÑO PASADO.

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    1. Hola Gladys
      Tenemos que esperar que publiquen el RIPDOC de julio. A ese porcentaje hay que restarle el 1,38%. En la nota 12 de marzo lo expliqué en detalle.
      Saludos cordiales

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    2. Anónimo8/14/2016

      Hola a todos....es verdad que son 4 puntos mas que el año pasado....pero ahora tenemos una inflacion galopante....Es muy poco......me da pena...obvio que nadie nos defendera, no tenemos gremio y el gobierno casi ni habla de aumento a los jubilados.
      SALUDOS a todos

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  44. Evangelinaherrera52@gmail.com8/14/2016

    Es obligado




    Es obligatorio cobrar el complemento docente en Banco Nación Argentina?


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    1. Hola Evangelina.
      Si, tienen convenio solo con Bco Nación. Solo en CABA algunos cobraban en el Bco Ciudad.
      Saludos.

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    2. Hola Evangelina.
      Si, tienen convenio solo con Bco Nación. Solo en CABA algunos cobraban en el Bco Ciudad.
      Saludos.

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  45. Anónimo9/01/2016

    Hola LUCY soy docente jubilado de Anses,me jubilé con el 82% en 2013, puede iniciar un juicio ó es complicado?, cobro 22.000 $, (me jubilé con dos cargos titulares MG y MR EN CAP. FEDERAL.)

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  46. Hola
    Por supuesto puede iniciar juicio. Elija un abogado especialista en docentes. No es complicado. Sólo hay que tener paciencia pues en general demoran.
    Saludos cordiales

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  47. Anónimo9/03/2016

    Muchas gracias, muy amable.

    Saludos

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  48. Si ya estoy cobrando la reparación histórica, me corresponde aun la caja complementaria? Gracias

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  49. Hola, alguien me podría informar si yo estoy cobrando la reparación histórica, corresponde aun la caja complementaria? Gracias.

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  50. Hola Daniel.

    Si, por supuesto que te corresponde seguir cobrando el complemento.
    Saludos.

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