martes, 15 de enero de 2019

Estimaciones sobre la movilidad de marzo 2019. Actualización del mínimo no imponible para jubilados en marzo

Se estima que la movilidad para las jubilaciones del régimen general en marzo del 2019 será del %11,82.

Esto no incluye a los docentes nacionales que nos regimos por el índice RIPDOC ni a los docentes universitarios que se rigen por el índice  RIPDUN.


Con respecto a qué jubilados están alcanzados por el impuesto a las ganancias, actualmente los que cobran más de $55.864,60 ( seis jubilaciones mínimas y tomadas en bruto); a partir de marzo esa cifra se elevará a $ 62.462. ( recuerden que estamos hablando de estimaciones)
Luego esa base se elevará tres veces más en el año, en junio, setiembre y diciembre. 

130 comentarios:

  1. Muchas gracias....siempre atenta

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  2. Hola Lucy...no entiendo por qué seria menor nuestro aumento que las jubilaciones generales si ellos cobran cada 3 meses y nosotros tendríamos que cobrar 6 meses..podria explicárselo.. sinceramente no lo entiendo.2018 cobramos apenas un 21% aprox. con una inflación de casi 50%.No puedo creer que nos estén dejando tan atrasados en nuestras remuneraciones.Muchas gracias.

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    1. Hola. Nos regimos por un régimen especial (decreto 137/05) con movilidad propia que hasta ahora no fue modificado.
      Ese es el motivo de la diferencia.
      Saludos

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  3. Gracias Lucy, me parece que si seguimos así vamos a terminar cobrando mucho menos con estos aumentos tan discriminatorios, creo que siempre cobramos algún punto menos, pero ahora se agrandó la brecha.

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    1. Así es Stella. Nuestra movilidad está lejos de representar el 82% móvil. No creo que los gremios que nos representan hagan algo al respecto.
      Saludos afectuosos.

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  4. Igual tvia no está confirmada la movilidad para docentes jubilados para marzo 2019

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  5. Anónimo1/17/2019

    Nuestra suerte depende de lo que les aumenten a nuestros queridos colegas en actividad......sus salarios tambièn han quedado muy bajos!!!! saludos para todos

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  6. Gremios y sindicatos son una porquería. Disculpen mi forma de expresarme. Igual el año pasado el índice Ripdoc fue mayor que el de los jubilados generales. Esperemos en Dios que este año sea igual. Te mando un abrazo Lucy mi gurú personal.

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    1. Anónimo1/18/2019

      No Gladys Pinacca, en 2018 los docentes jubilados de Anses quedamos 7 u 8 puntos debajo de los Jubilados de otras cajas...ellos quedaron en 28, 5 y nosotros en 21 o 20......

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    2. Hablé de ripdoc...de Marzo comparado con el aumento de Marzo. No del aumento total.

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  7. Como dijo el primer comentario, vergüenza que los gremialistas se laven la mano...no digo una mala palabra para no entorpecer el blog. Sobre una inflación del 47% solo nos dieron el 21% de incremento...y no nos dejemos engatusar conque tenemos un régimen especial ni ocho cuartos. Todos los años pasa lo mismo. Con ese cuento, al resto de los jubilados con aporte le dieron casi el 30% y con "nuestro régimen especial" solo el 21...

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  8. Qué intriga!!! Cuando sabremos nuestro porcentaje de aumento???

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  9. ArruebarrenaA1/19/2019

    RIPDOC y RIPDUN de marzo podrían estimarse entre el 15 y el 20%.
    El FMI insiste en bajar las jubilaciones.

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    1. FMI insiste en bajar jubilaciones. Podría indicarnos la fuente de esta información. Gracias

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    2. Esto es lo que nosotros leímos. Es un consejo para todos los países.
      https://www.ambito.com/tecnicos-del-fmi-aconsejan-subir-5-anos-la-edad-jubilatoria-y-reducir-el-haber-inicial-n5011304

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  10. hola..desde que està este gobierno practicamente nuestros docentes no han tenido aumentos adecuados a la inflaciòn, por ende nuestros aumentos son de miseria...estamos achatando nuestros ingresos de forma estrepitosa...nadie puede hacer nada??...solo pregunto ..es realmente una verguenza haber trabajado tantos años para solo sobrevivir..Ademàs en marzo 2018 nos pagaron solo x 3 meses cuando teniamos que cobrar 6, eso no lo entiendo, un 10% menos.Muchas gracias Lucy pero estoy muy enojada con esta soluciòn que no veo que cambie proximamente

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  11. Buen dia Lucy, consulto también al grupo por si alguien sabe. No llego con mi haber jubilatorio al minimo requerido para que me descuenten ganancias, tampoco llegaria si se aplica el 11,82. Tengo un departamentito con el alquiler declarado en Afip y por esa razon pago monotributo y en el 2018 tuve que pagar bienes personales po primera vez ya que me mudé y se actualizo el valor de la propiedad al figurar el monto real de la compra. Mi pregunta es si corresponderia en mi caso que me descuenten ganancias o sigo estando exceptuada. Si alguien sabe le agradeceria que me diga. Saludos.

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  12. Hola.
    Si cobra alquiler ese monto se sumará a su haber para computar ganancias.
    Si paga bienes personales no puede presentar deducciones.
    Saludos cordiales

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    1. Gracias Lucy, o sea que si no entendi mal entre el alquiler y la jubilacion tendria que superar el minimo requerido para que me descuenten, solo en ese caso. No presento deducciones igualmente.

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    2. Así es. Suerte.
      Saludos.

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  13. Anónimo1/21/2019

    En definitiva el ajuste cuatrimestral por inflacion no era tan malo.PARA OPONERSE al mismo hasta rompieron la plaza del Congreso y los dirigentes del sector docente fueron pedir al Ministerio de Trabajo que por favor no cambiaran la formula de movilidad que hoy estamos criticando.

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    1. Con la otra formula hubiéramos cobrado mucho mas,la nueva formula es una estafa .Yo llegue a cobrar igual a un docente en actividad con la fórmula anterior ,nada que ver,llegamos a superar en un 19% la inflación

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  14. Anónimo1/21/2019

    Perdon. quise decir trimetral

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  15. Arruebarrena1/21/2019

    FMI
    .
    https://m.facebook.com/imf

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  16. Hola anónimo, 21 de enero 2019, pero el ajuste de los docentes del decreto 137/05 es semestral.
    Perdimos 47,5 de inflacion menos 21,5 de aumento entre marzo y setiembre de 2018.
    Qué les parece?
    Saludos

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  17. Hola gente! Alguien sabe si existe un tope a la hora de jubilarse los docentes. Gracias.

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  18. Hola gente! Alguien sabe si existe un tope a la hora de jubilarse los docentes. Gracias.

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    1. Hola. No hay un tope. Pero si se cobra por arriba de la jubilación máxima se aplica un descuento. En varios comentarios he publicado en qué consiste ese descuento.
      Saludos cordiales

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    2. Hola Lucy, podrias ampliar respecto a que no hay un tope de jubilacion para los docentes universitarios, y como se calcula el descuento que se aplica ? Muchas gracias

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    3. Hola Felix . Hay una jubilación máxima que en este momento es de $103.061,80, pero hay muchas jubilaciones que exceden ese monto. Por eso afirmamos que a pesar de que hay una jubilación máxima no hay un tope. Esto no es sólo para las jubilaciones de docentes universitarios, sino para todas.
      Qué hace la ANSES en estos casos? Aplica un 3% de descuento sobre el monto del excedente. Un ejemplo: A una jubilación de $200.000 se le aplicará un descuento del % 3 sobre lo que exceda la jubilación máxima. La cuenta sería: 200.000-103.061,80=96.938,2‬ Aplicamos un 3% da $2908,14. Ese es el descuento que se aplicaría.
      Saludos

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  19. Si a nosotros nos dan solo dos aumentos en marzo y septiembre,según lo que tengo yo informado en marzo del 2018 nos dieron un 5,71% en junio un un 5,69 % , en septiembre 6,68% o sea que faltaría lo de diciembre,sumando lo que cobramos hasta ahora solo cobramos un 18,08 %,la única diferencia es que a nosotros nos dan en dos pagos marzo y septiembre o sea que en marzo del 2019 nos deberían pagar el 11,82 más lo que pagaron en diciembre al resto de los jubilados

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  20. Anónimo1/24/2019

    Hola Maria Rosa. Coincide con mi razonamiento. El ajuste por inflacion hubiera sido mas beneficioso que la formula del dec. 137/05.

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    1. Hola , si cualquier ajuste x inflacion hubiera sido mejor que los aumentos de las jubilaciones nacionales.

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  21. Hola.Hay ya alguna estimación de cuánto sería el porcentaje de aumento para los jubilados docentes en marzo de 2019?

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    1. Hola. No tengo aún ninguna estimación. En la segunda quincena lo sabremos con certeza.
      Saludos

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  22. Buenas noches, alguien sabe cuando daran a conocer la movilidad de marzo, para docentes jubilados???

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    1. Hola.
      Siempre se da a conocer en la segunda quincena de febrero.
      Saludos

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  23. Muchas gracias Lucy, esperemos sea mas del 11 por ciento!!

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  24. Hola Lucy, lei que no podés estimar el aumento a docentes, que se dara en Marzo, sin embargo el primer post si no entendi mal consideras que sera de 11,82 aproximandamente. No te referis a los docentes que aportamos a Ansés? Yo trabajé en el Gobierno de la Ciudad. Entendi que para nosotros seria mas o menos ese el porcentaje de aumento, aunque ya sé que no es oficial.

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    1. Hola. Mi comentario decía que aún no se sabe. Dije que si el RIPDOC era enfervorizados al 11,80% cobraríamos 11,80%. Si es superior cobraremos lo que dé el RIPDOC.
      Saludos.

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  25. Anónimo1/27/2019

    Me tome el trabajo de consultar los diarios locales de las once jurisdicciones transferidas a ANSES incluyendo CABA. De acuerdo a los aumentos otorgados al personal docente en actividad en el segundo semestre del 2018, estimo que el RIPDOC de Marzo no deberia ser inferior al 15%. Mas algunas provincias como Mendoza tenian clausula gatillo conforme a inflación. En la informacion no se discrimina si en los aumentos hay sumas no remunerativas.

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  26. Hola. Muchas gracias por tu trabajo y tu comentario. Ojalá sea más del 15%.
    Yo también hago cálculos basados en los informes indicativos del salario docente que publica el Ministerio de Educación. Lamentablemente los da muy atrasados, el último que publicó es el de junio. Pero en éste hay un cuadro de "Situación de paritaria docente de cada jurisdicción, estimada a diciembre de 2018, con los datos disponibles al cierre del presente informe".
    Siguiendo los datos de ese informe el RIPDOC de marzo sería inferior a tus cálculos. Pero desde la publicación del informe la situación puede haber variado. COMO DIGO SIEMPRE, ES MEJOR ESPERAR hasta tener datos concretos.
    Saludos cordiales

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  27. Buen día. Ya figura en la página de la Caja Complementaria el recibo de cobr0 de febrero.

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  28. Anónimo1/30/2019

    Hola Lucy....yo ingresè a trabajar en 1990 en Gobierno de la Ciudad de Bs As como docente de Ed. Musical y trabaje en forma ININTERRUMPIDA hasta 1 RO. DE febrero DE 2017 DÌA EN QUE ME JUBILÈ... NO COBRO CAJA COMPLEMENTARIA....se puede saber el por què...gracias Lucy....

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    1. Hola.
      Para cobrar Caja Complementaria debe tener todos los aportes mensuales. Se fijó en sus recibos si tiene esos aportes?
      Por favor téngame al tanto.
      Si tiene los aportes debe tramitar el complemento. Para eso debe dirigirse a La Caja Docente.
      Saludos cordiales.

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  29. Buen dia, yo tengo 13 años aportados a caja complementaria pero no me pagan porq dicen q necesito 15 años de aporte!!!Que puedo hacer??

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  30. Anónimo1/31/2019

    Lucy, buenas tardes.
    Le hago una consulta:
    Cobro, de forma bimestral, alrededor de $1500 en la Caja Complementaria.
    Dicho importe se mantiene casi inalterable (con escasos aumentos de 200/300 pesos por año) desde hace ya 4-5 años.
    ¿De qué dependen dichos aumentos? Porque si es por inflación, quedaron absolutamente desactualizados...
    Aumentan un 50% en Junio y Diciembre por aguinaldo, pero la base no aumenta (o lo hace con migajas) desde hace varios años.
    ¿A alguien más el pasa esto? ¿O es a mi solamente?
    ¿Debería ir a reclamar?
    Aclaración: A nivel jubilación Docente, siempre cobré el RIPDOC con los aumentos tal cual ud. los publica en Marzo y Septiembre de cada año.
    Saludos cordiales y gracias por todo su esfuerzo para mantenernos informados.

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    1. Buen día.
      Los aumentos no dependen ni de la inflación ni de los aumentos a los docentes, dependen exclusivamente de la recaudación de La Caja, que a su vez depende de los aportes de los activos. Recuerde que no todas las escuelas aportan a La Caja.
      Por eso los aumentos son tan escasos.
      Saludos.

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  31. Anónimo2/01/2019

    Estimada Lucy, sería tan amable de indicar cuál es la normativa a la que hace referencia y qué es lo qué ella indicaría. Asimismo, podría decir cuál es el cálculo que usted tiene. Gracias.

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    1. Buen día. Se refiere a la normativa que regula nuestra movilidad, es decir el RIPDOC? Si es así debe fijarse en el archivo del blog, donde figura toda la normativa y cómo fue cambiando desde 2005 año de la publicación del decreto 137.
      Con respecto a mis cálculos le pido disculpas pero nunca los digo, no por una cuestión de egoísmo sino porque al no contar con todos los datos no estoy para nada segura de la exactitud de los mismos. No sería honesto de mi parte publicar algo de lo que no tengo certeza.
      Gracias por su comprensión.
      Apenas conozca la cifra, que calculo será como siempre alrededor de mediados de febrero, la publico en al blog.
      Saludos cordiales.

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    2. Anónimo2/02/2019

      Estimada Lucy, muchas gracias por su respuesta.
      Me refiero a esto que ha publicado Ud. "En el caso de los docentes nacionales puede suceder, si se mantiene la normativa, que cobremos el 11,82% en caso de que este porcentaje sea superior al RIPDOC. En caso contrario cobraremos según índice RIPDOC." Gracias por su atención. Saludos cordiales.

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    3. La normativa a que hace referencia es la Resolución 30/2011-SSS. En los archivos del blog puede encontrarla.
      Saludos

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  32. Arruebarrena2/02/2019

    En el caso de docentes universitarios es difícil anticipar el incremento jubilatorio de marzo porque el gobierno está poniendo cifras en negro en los salarios de referencia.

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  33. Soñemos, ¿cómo era esto del pensamiento cuántico positivo? Ommmm que nos aumenten el 18%... 18%...18%...
    Te reíste Lucy?
    Vamos todos.
    Que cobremos como un diputado y no como dice mi estúpido comprovinciano, que un diputado cobre como un docente /del Caño/.
    Que los medicamentos para los jubilados sean gratuitos y también los taxis...ommmm. besos Lucy. Y NO SE OLVIDEN DEBEN REPETIR UNAS DIEZ VECES AL DÍA EN AYUNAS, DESPUÉS DE PAGAR LAS FACTURAS Y CADA VEZ QUE LILITA SE PELEA CON EL PRO.

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  34. Jajaja me hiciste reir Gladys!!! Ommmm

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  35. Arruebarrena2/05/2019

    Ganancias
    NUEVO

    https://marcelobonelli.cienradios.com/mas-jubilados-pagaran-ganancias-por-un-cambio-dee-la-anses/?utm_source=facebook&utm_medium=nota&utm_campaign=socialshare

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  36. Hoy salió un comunicado que se sumarán jubilaciones y pensiones para deducir el impuestos a las ganancias. Antes iban por separado.
    https://www.clarin.com/economia/economia/cambio-anses-jubilados-pagaran-ganancias_0_u-jyqX8KX.html?fbclid=IwAR3fzHW-z4qgNi5TDXShKOdA5KTq1Qby9nyQCfShLUemWw3CpykQ_3K4f5g

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  37. https://www.bigbangnews.com/dinero/No-se-salva-nadie-a-partir-de-marzo-200.000-jubilados-pagaran-el-impuesto-a-las-ganancias-20190205-0018.html

    " .... que se cambió la suma tradicional de seis haberes mínimos (la mínima actualmente es de $9.300) por la consideración total de los beneficios ..... "

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  38. Buen día Lucy: esperaba encontrar mi comentario en la página, pero al parecer algo ocurrió porque el mismo no aparece. No obstante ello, muchas gracias por el importante servicio que nos presta. Creo no haber sido agresivo, ni atrevido, ni nada que pueda ofender a nadie. La verdad a medias no es verdad. Creo que además de la información técnica debemos arriesgar en nuestros comentarios numerosas situaciones que se basan solamente en la verdad evidente. Espero que este comentario sea publicado. Muchas gracias.

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    1. Buen día José. Ya he manifestado en muchas oportunidades que este blog trata de mantenerse al margen de opiniones políticas, cualquiera sea el sector. Sobre todo si son ofensivas. Le agradezco su consejo, todos tenemos libertad, Ud. también, de abrir un blog e imprimirle la tónica que queramos.
      Saludos cordiales.

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  39. Pueden explicar cómo calcularan el impuesto porque si es sobre la suma estaremos fulminados.Enero se cobro en cada haber según los recibos.Tendremos que seguir tributando para sostener a los que no trabajan?

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    1. Hola. Seguramente es sobre la suma. Ya era así. La novedad es que ahora se reparte el descuento entre los dos haberes. Pero por lo que me han comentado jubilados que están en esta situación la suma del descuento no se ha modificado sino que se ha repartido entre los dos haberes. Me podría aclarar si es así? Gracias.
      Saludos.

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    2. Con respecto a la respuesta anterior quisiera solicitar que si hay otros casos que tienen descuentos de ganancias en los dos haberes les solicito me hagan saber si el descuento de enero que se repartió en los dos haberes es aproximadamente suma del descuento que tenían en diciembre y meses anteriores. Es para una investigación que estoy haciendo.
      Desde ya muchas gracias.
      Saludos a todos.

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    3. Y sí. Parece que algunos tributamos para sostener a los que no trabajan y también a las jubilaciones de los que no aportaron y a tantas otras cosas.Estamos muy acostumbrados a que se nos den muchas cosas gratis.
      Se terminará algún día esta terrible presión tributaria? No tengo la respuesta, esperemos que así sea.
      Saludos.

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    4. Anónimo2/11/2019

      No Lucy. Antes de esta nueva estafa no se sumaban por ej la jubilación y la pensión. Se tomaba cada prestación por separado. Si el mínimo imponible era supongamos $50000 y una persona cobraba de jubilación $49999 y de pensión $7000 NO tributaba impuesto. Sólo tributaba por la que pasaba el límite. Ahora con ese mismo ejemplo se suman los dos haberes y se tributa por la diferencia con el mínimo no imponible. Se reparte en la jubilación y la pensión de manera proporcional. En la resolución hay un ejemplo claro. El caso que conozco es el de mi madre que como jubilada docente investigadora y pensionada con la mínima, tributaba supongamos a Diciembre de 2018 $400 y en Enero pasó a tributar $1500, de los cuales $1200 le descuentan en la jubilación y $300 en la pensión. Una barbaridad lo que hacen estos y también lo que hicieron los anteriores.

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    5. Muchas gracias por la aclaración. El caso que conozco es distinto, siempre le sumaron, pero se pasaba del mínimo sólo con la jubilación.
      Saludos

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  40. Que paciencia la tuya Lucy. Te admiro. Te mando beso enorme y esperemos nos informen de algo esta semana.

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    1. Gracias Gladys. Esperemos que así sea. Y que sean buenas noticias.
      Cariños

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  41. Buenas tardes Lucy: tengo dudas respecto a la legalidad de los procedimientos que ANSES hará operativos con respecto al impuesto a las ganancias. En los casos de pensiones por viudez, p.ej., y que además se percibe una jubilación propia, personal, intransferible ¿cómo es posible que la administración introduzca motu propio modificaciones en el listado de rubros de cada una de las boletas, esto es, todo lo que había logrado previsionalmente el/la causante y por otro lado su cónyuge superstite?. Estimo, salvo mejor opinión, que en cada beneficio no deben introducirse variantes que no estén dentro de la legalidad y normas que rigen la materia. Creo que el único cambio que debiera darse es que un solo beneficiario (cónyuge supérstite) debe percibir los montos tal cual figuran en cada boleta por haber sido logrados en tiempo y forma. Las modificaciones debieran introducirse para mejorar la situación de pasividad y no para disminuirla económicamente. Tampoco debiera reducirse la jubilación del cónyuge fallecido para otorgarla como pensión al otro cónyuge. Creo que hay muchos jubilados en los que se dá lo que expreso , judiciales, p.ej., también todos los jubilados debieran abonar la solidaridad previsional, el impuesto personal a las ganancias, y aportar el porcentaje de ley cuando el monto jubilatorio excede el máximo. Hoy, creo que no todos los pasivos, generales, especiales, de privilegio, etc.hacen igualitariamente proporcional dichos aportes. Muchas gracias.

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  42. En diciembre no tuve descuentos por ganancias (?)En enero en cada beneficio.

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  43. Anónimo2/12/2019

    buenos dias. el porcentaje de aumento que corresponderia en marzo es del periodo julio a diciempara nosotros docentes, mi duda es si el coeficiente es menor al 11,82 solo nos corresponderia ese 11 o tambien el 7% que los jubilados nacionales recibieron en diciembre. se entiende mi duda. gracias

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    1. Hola.
      Sólo tenemos aumentos en marzo y setiembre. Los aumentos de los jubilados nacionales no nos corresponden.
      Saludos

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    2. Culpa el gremio que en el2017 firmó que las jubilaciones docentes no entrará en movilidad como jubilados común que los aumento siguiera semestral no trimestral De esa forma perdimos

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  44. Arruebarrena2/12/2019

    Médicos en problemas
    .
    https://www.lavozdetandil.com.ar/2019/02/12/medicos-de-tandil-luchan-contra-aumentos-de-aporte-fijo-a-la-caja-previsional--

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  45. Arruebarrena2/12/2019

    https://tn.com.ar/economia/jubilados-en-zapatillas-como-conservar-la-obra-social-al-jubilarse_938145

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  46. Hola Lucy, acabo de leer el anuncio con el aumento para los jubilados. A nosotros ni nos mencionan. Tenes alguna novedad? Podremos hacer alguna presentación para que se revea nuestra situación. Muchas gracias. Saludos.

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    1. En realidad la información no es oficial. No se publicó en el B.0.
      Nunca informan la nuestra.
      Tendríamos que recurrir a los gremios que son los que nos representan.
      Saludos.

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    2. Esperamos que el gremio tambien se acuerden de pelear para que este año el aumentó para los jubilado docentes se haga trimestral y no semestral como el año anterior. Por haci perdemos. Que se nos aumenten como todos los jubilados. Esperamos que los gremios se acuerden de los docentes jubilados.Gracias 😊

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  47. Arruebarrena2/13/2019

    REGIMEN GENERAL
    .
    Se reduciría algo de la pérdida.
    .
    https://www.clarin.com/economia/economia/aumento-11-marzo-10-junio_0_-R8b0s2-a.html?utm_term=Autofeed&utm_medium=Social&utm_source=Facebook#

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    1. Creo que los docentes no recupermos nada ya que tenemos dos aumento menos que los jubilados generales, es una vergüenza.

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  48. Aunque nos den en marzo el mismo aumento que a los demás jubilados, después tendremos que esperar hasta septiembre para otro aumento, cuando el resto tendrá otro aumento en junio. Es obvio que haber seguido en el régimen anterior nos ha resultado perjudicial

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  49. Cuándo y cómo sabremos cuánto es nuestro aumento. Muchas gracias.

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  50. Un importante logro: se respeta la fórmula del cálculo de nuestra jubilación docente en marzo de 2018.
    LA CTERA ha planteado en forma permanente el rechazo a la modificación del régimen jubilatorio docente exigiendo además la aplicación de la formula de movilidad acordada para nuestro sector.
    En tal sentido informamos que la circular DP Número 09/18 (MOVILIDAD JUBILADOS Y PENSIONADOS-DOCENTES MENSUAL MARZO /2018) establece que el aumento correspondiente a la movilidad jubilatoria del sector docente en marzo, será del 11,65% del haber, respetando la fórmula de cálculo que se ha aplicado en los períodos anteriores a la reforma previsional aprobada en diciembre 2017.
    Esta buena noticia que le podemos transmitir a los/as compañeros/as es fruto de la permanente lucha que venimos protagonizando desde nuestra organización, en defensa de nuestra ley de jubilación docente .
    Debemos continuar defendiendo nuestro régimen jubilatorio, nuestro sistema de movilidad, las cajas provinciales y lograr junto al resto de trabajadores/as la derogación de la reforma previsional.
    Buenos Aires, lunes 12 de Marzo de 2018
    Sonia Alesso
    Secretaria General
    Jorge Molina
    Secretario de Asuntos Previsionales. LO QUE NO DIJERON FUE QUE A LOS OTROS JUBILADOS EL GOBIERNO LES AUMENTO TRIMESTRALMENTE Y A NOSOTROS NO. POR QUÉ NO PIDIERON UN REAJUSTE, ALGO? PORQUE SON IDIOTAS Y NO SABEN LO QUE HACEN. NI SE LES OCURRIÓ QUE AL FINAL LOS PORCENTAJES DE LA MÍNIMA IBAN A SUPERAR LOS PORCENTAJES NUESTROS

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    1. Gracias Gladys por recordarnos todo lo que hacen los gremios por nosotros. También podemos recordar el acta anexo de la res. 30/2011 en donde CTERA acuerda que es muy difícil aplicar el 82% móvil porque, y reproduzco textual:
      "toda vez que el sector se encuentra imposibilitado o resulta un esfuerzo administrativo significativo, tanto para los beneficiarios como para el ANSES, implementar operativamente el reajuste individual según el salario de actividad considerado para cada docente"
      Así nos entregaron, ellos mismos dicen que es casi imposible aplicar el 82%. Firmó por la CTERA este acta Gustavo Maure.

      Cariños Gladys

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  51. Anónimo2/13/2019

    Lo dije en un mensaje anterior. Cuando se establecio el ajuste por inflación para el Regimen General. los gremios (CTERA UDA) fueron presurosos al Ministerio de Trabajo a solicitar que no se tocara la formula de movilidad para los docentes nacionales conocida como RIPDOC.Es ingenuo pensar que hoy puedan pedir que se revea dicha formula.

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  52. Y lamento decirque Maure es mendocino, uno de los peores gremialistas que hemos tenido. Vergüenza ajena la mía.

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  53. GRACIAS. EXCELENTE EXPLICACIÒN. GRACIAS POR ESTAR SIEMPRE. AIDA. CABA

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  54. Anónimo2/14/2019

    Creo que es más probable que acertemos los números de la lotería durante un año seguido, que estos gremios con dirigentes impresentables hagan algo por nosotros.

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  55. alguien sabe como averiguar el indice ripdoc para el ultimo semestre 2018

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    1. Hasta que no se de a conocer oficialmente no es posible conocerlo. Y eso siempre es a último momento.
      Saludos.

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  56. Anónimo2/15/2019

    Buenas noches a todos.
    ¿Alguien podría decirme en cuál sector de la página de la Anses se publica el Ripdoc oficial cuando corresponde en cada semestre?
    Desde ya muchas gracias.

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  57. Hola. Nunca vi en la página de ANSES publicaciones sobre el RIPDOC. En este blog están publicados todos los indices RIPDOC desde que se implementaron.

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    1. Anónimo2/16/2019

      GRACIAS LUCY POR TENERNOS SIEMPRE AL DÍA!!! CARIÑOS!
      MARINÉS

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  58. Buen dia, tengo una duda, es necesario esperar a las paritarias que faltan, por ej. la de caba, para que se defina el indice para jubilados?

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    1. Hola. Se calcula de julio a diciembre de 2018. RIPDOC: Remuneración imponible docente.
      LES RECUERDO QUE EN EL CÁLCULO SE CONSIDERAN SÓLO LAS 11 PROVINCIAS QUE TRANSFIRIERON SUS CAJAS A LA ANSES.
      Saludos
      Saludos.

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  59. Anónimo2/16/2019

    Muchas gracias Lucy!!!

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  60. Hola, una pregunta, el aumento de marzo no coincide con el del resto de los jubilados y el de septiembre se ajusta al indice RIPDOC?

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    1. Hola. Si el aumento de marzo se ajusta al RIPDOC (no coincide con el del resto de los jubilados) el de setiembre también.
      Saludos.

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    2. entonces hay que esperar el indice para marzo, me parece que es tarde para definir porque si tienen que liquidar en estos dias me llama la atencion que no esté todavia pautada. Por eso pensé que era igual a la de los demas jubilados y se ajustaba en la de septiembre. Muchas gracias Lucy.

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  61. Los docentes universitarios con ajuste ripdun estamos embromados. Dentro de poco si seguimos así seremos los que cobremos la mínima.

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  62. Anónimo2/18/2019

    Ese ajuste al regimen general, deberia incluir el 8% que cobramos de menos en 2018.? O solo se lo lleva al 11,82%.?

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  63. Buenos dias, ya a dieciocho de febrero tendrian q tener el RIPDOC, si tienen q empezar a hacer las liquidaciones, no entiendo por q tardan tanto en darlo a conocer!!

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  64. Arruebarrena2/18/2019

    Para contrastar indices el aumento de marzo del regimen general debe ser del 20% contra el 10% posible del RIPDUN de docentes universitarios dado que las otras cifras fueron pagadas a los salarios en negro.

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  65. Anónimo2/18/2019

    Buen día! Ya se sabe cuál será el porcentaje de aumento en marzo?

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    1. Hola. Apenas tenga novedades las publico.
      Saludos.

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  66. Arruebarrena2/18/2019

    Conforme a la Inflación proyectada de los ultimos doce meses marzo/marzo el Indice General estaría -15% abajo y RIPDOC y RIPDUN -30% de pérdida.

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  67. Susana H.2/18/2019

    Hola colegas, el aumento es para el mes de marzo, quiere decir que lo estaríamos cobrando en el transcurso del mes de abril. Creo que hay que esperar que lo definan. No nos desesperemos de antemano. De todos modos creo que debemos ser realistas: si el costo de vida del año pasado superó el 46% y nuestros aumentos apenas llegaron al 21%, ¿creen que este año compensarán la diferencia? Ojalá, recemos con fe a nuestros santos predilectos para que así sea, pero convengamos que es difícil.
    Cordiales saludos. Susana H.

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    1. El aumento de Marzo se cobra en Marzo. Siempre ha sido así. Lucy ha explicado varias veces que depende del ripdoc, no del costo de vida, no de la inflación. Nuestro problema es el sistema de movilidad. Los docentes activos no cobraron, en general el 48 % de aumento por inflación. Esta nota empieza explicando esto. En las redes se dicen muchas tonterías. Rezar es lo único que nos queda.

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    2. El aumento se cobra en el mes de marzo, no en abril, y por más que recemos, creo que no lo dan porque debe ser mínimo.

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  68. Hola, Susana, el incremento de marzo se cobra en marzo, generalmente el primer día de cada mes se puede ver en MI ANSES lo que vas a cobrar, Saludos

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  69. Muchas gracias Lucy por toda la información!!!
    Ojalá la próxima sea buena... qué extraño... que aún no se defina el aumento para marzo, hoy ya es 19 de febrero...
    Cordialmente los saludo!

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  70. No Susana, el aumento se cobrò SIEMPRE y se cobrarà en marzo, NO en abril

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  71. Creo que el aumento o cobraríamos en marzo , ya que cobramos en el mes en curso

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  72. Anónimo2/21/2019

    LUCY SI ERES TAN AMABLE ME PUEDES INFORMAR EL PORCENTAJE DEL AUMENTO EN EL MES DE MARZO 2019 MUY AMABLE MUCHAS GRACIAS

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    1. Hoy 23/2 en Clarin salio un artículo del economista Ismael Bermudez
      Por disponer de regímenes propios con reajustes semestrales, a partir de marzo las jubilaciones de los docentes nacionales aumentan el 25,62% y los haberes de los docentes universitarios 19,30%.

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    2. Como escribio un compañero del blog mas arriba ( 25,6)

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  73. 10.5% a jubilados anses xq nose modifica que las jubilacionesespeciasles sean tambien trimestales de la manera modo de recuperacion actual vamos perder siempre

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  74. Ya se dieron a conocer que el aumento para los jubilados para septiembre será del 12.3 %. Cuando se sabrá de cuanto será nuestro incremento?. Habrá doble aguinaldo para junio?.

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    1. Hola.
      Imposible saber con mucha anticipación. Las variables que se usan para la fórmula de la movilidad docente cierran a final de junio. Pero en general hasta mediados o fines de agosto no se dan a conocer los porcentajes. Hay que esperar.
      Saludos

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  75. Una pregunta Lucy, el RIPDOC esta formado por el 70 % de la inflación del primer semestre. Es decir tendríamos asegurado un 15,6 % ? el otro 30 % estaformado por un indice muy complejo de calcular que mas o menos sería un 4,5%, es decir que el incremento de Septiempre redondearíamos un 20 % acumulativo a marzo 19?.

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    1. Hola. Esa fórmula no corresponde al RIPDOC sino a la movilidad de los jubilados en general.
      En este mismo blog podés encontrar un artículo que explica la forma de calcularlo. Fue publicado en agosto de 2014. Te paso el link https://docentesjubilados.blogspot.com/2014/08/aclaraciones-sobre-la-forma-de-calcular.html
      Saludos.

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  76. Hola Lucy, leyento el articulo que mencionaste, la formula es la siguiente RIPDOC 2° semestre 2018+RIPDOC 1° semestre 2019 – (menos) adelanto otorgado en marzo: mas o menos sería 7,38+19 (tentativo)-25.6= 0,78 o sea que no obtendríamos ningún incremento?...disculpe mi ignorancia.

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  77. Hola. No es así. Actualmente en marzo no coinciden más el RIPDOC y la movilidad general al haberse cambiado la fórmula de esta última ( aumentos cada cuatro meses) El 15,6 que nos otorgaron en marzo es todo ROPDOC. En setiembre no hay que descontar más. Lo que nos corresponda en setiembre es todo RIPDOC.
    Saludos

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  78. Gracias Lucy por responder siempre a nuestras inquietudes.

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    1. Holaaaaa, hay alguna aproximación del aumento de septiembre. El 25 de marzo ya se diluyó.Gracias!!

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  79. Hola ! Que.novedades hay para
    Septiembre de aumento?

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  80. Hola ! Que.novedades hay para
    Septiembre de aumento?

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  81. Un comentario q se corre aquí en Salta. Salido del ANSES. seria de un 8 %.

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  82. Les cuento que una persona relacionada con uno de los gremios habla de 14,95

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