No incluye las Jubilaciones Docentes.
Pero determina nuevos valores para las jubilaciones máxima y mínima que sí nos afectan.Esos valores quedan en:
Jubilación Mínima: $15888. Esto influye en los descuentos de ganancias. Seis jubilaciones mínimas pasaron a sumar $ 95331 monto a partir del cuál se descontarán ganancias.
Jubilación máxima: $106869 A partir de ese importe se descontará lo que corresponda según art. 9.
Ahora hay que esperar la información con respecto al RIPDOC y RIPDUN.
HOLA DE CUANTO SE ESTIMA EL AUMENTO? GRACIAS
ResponderEliminarNunca informamos estimados. No tenemos los datos suficientes para hacer un cálculo.
EliminarMuchas gracias Lucy por tu información, siempre concreta y confiable.
ResponderEliminarSilvia Iglesias
Hola Lucy, no tenes algún estimativo del porcentaje que deberíamos cobrar de aumento los jubilados y pensionados docentes.?
ResponderEliminarNunca informamos estimados. No tenemos los datos suficientes para hacer un cálculo.
EliminarTengan paciencia que en pocos días lo sabremos.
Saludos.
Se rumorea que ya esta definido y no lo dan a conocer porque es mucho menor de lo que realmente nos corresponde.
ResponderEliminarMuchas gracias. Tu información es siempre objetiva
ResponderEliminarGracias Lucy! Siempre tan atenta y exacta en tus informaciones.
ResponderEliminarMirta Lucía
Lucy , me podrías explicar que es lo que dice el art. 9 que mencionás? y cuánto es el porcentaje de ganancias a partir de los 95331 ? gracias , recién me jubilo y hay cosas que desconozco
ResponderEliminarHola Cristina. El art. 9 determina que si cobras por encima de la jubilación máxima se te hace un descuento que consiste en descontar el 3% del excedente. Es decir que si te pasás en $ 2000 te descuentan $ 60.
EliminarCon respecto a ganancias no es un porcentaje. Es un cálculo complejo y es distinto para cada aportante.
Saludos
Hola Cristina. Corrijo el índice de descuento que era erróneo. Es 15% del excedente. En el ejemplo el descuento sería de $300
EliminarGracias por toda tu paciencia e informacion,te saludo con cariño
ResponderEliminarGracias. La información es siempre clara y veraz. Yo la comparto con docentes de Mendoza
ResponderEliminarRipdoc 23.29%
EliminarRipdoc: 23.29%
ResponderEliminarHoy a las 22 hs. estará Vanoli explicando como será el aumento para jubilados. Progeama: "A dos voces".
ResponderEliminarHoy a las 22 hs. estará Vanoli explicando como será el aumento para jubilados. Programa: "A dos voces".
ResponderEliminar* ATENCIÓN !
ResponderEliminar.
* GENERAL : 23 al 13%
* RIPDOC : 23,30%
* RIPDUN : 30,60%
.
Ripdoc 23,29 dice la página de Anibal Paz
ResponderEliminar23,29 ripdoc. Eso dice la página de jubilaciones docentes y regímenes espevies
ResponderEliminar23,29 ripdoc. Eso dice la página de jubilaciones docentes y regímenes espevies
ResponderEliminarRipdoc 23.26%
ResponderEliminarRIPDOC 23.29
ResponderEliminarDel Estudio Anibal Paz acaban de publicar el aumento. RIPDOC 23,29, RIPDUN 30,64. Un abrazo.
ResponderEliminarLucy,gracias por tu paciencia,siempre contestando amablemente y comprendiendo la ansiedad de muchos de nosotros...cada aumento que debe ser anunciado se espera con una inquietud y una angustia increíbles.Creo que no tenemos más remedio que acostumbrarnos a vivir en la incertidumbre.
ResponderEliminarLo publicó el Dr. Aníbal Paz
ResponderEliminarATENCIÓN: MOVILIDADES DOCENTES
Nos informaron los siguientes valores:
- RIPDOC marzo: 23,29% (docentes jubilados por Dec. 137/05)
- RIPDUN marzo: 30,64% (docentes universitarios jubilados por ley 26508)
Esperamos su confirmación, ya que aún no están publicadas las circulares correspondientes.
Ampliaremos
- RIPDOC marzo: 23,29% (docentes jubilados por Dec. 137/05)
ResponderEliminar- RIPDUN marzo: 30,64% (docentes universitarios jubilados por ley 26508)
Lo informa en Facebook "Jubilaciones docentes y especiales", pero aún no está confirmado, esperemos que sea una excelente noticia. Saludos
Hola Lucy. El descuento solidario del artículo 9 es el 15%, no el 3%.
ResponderEliminarNo es en realidad según una escala? a más diferencia más descuento? Investigo y corrijo error. Gracias
EliminarAmplío. Ejemplo real: Haber máximo $ 94.780,42 (09/19)
ResponderEliminarHaber bruto $ 96.895,78 (11/19)
Artículo 9 $ -317,30
De acuerdo a lo que investigué la aplicación del descuento actualmente es como Ud. afirma.
Eliminar"Los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones alcanzadas por la escala de deducciones que refiere el Art. 9, inciso 2 de la Ley N° 24.463, estarán sujetos a una deducción equivalente al quince por ciento (15%) sobre el excedente del tope o haber máximo de las prestaciones, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 9 de la Resolución SSS N° 6/2009"
Muchas gracias por corregir el error.
Un colega me marca un error. La jubilación máxima sería de 106.934,71.
ResponderEliminarHola,, los docentes seguimos con el régimen anterior ??? Nos aumentan en junio o setiembre ??? Gracias
ResponderEliminarHola. Seguimos con el régimen anterior. En setiembre es el próximo aumento.
EliminarSaludos