Hay muchas dudas sobre estos artículos. Trataremos de aclararlas.
Destacamos que no es lo mísmo Haber máximo , a partir del cual se aplica descuento por art. 9, que los 8 haberes mínimos , a partir del cual se descuenta ganancias.
Empecemos con haber mínimo y máximo.
Por el DNU 274/2024 se cambió una vez más la fórmula de la movilidad jubilatoria, estableciéndose que los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC), conforme la fórmula que como ANEXO forma parte integrante de la presente ley. *
Como vemos en los últimos años se ha modificado numerosas veces la fórmula de la movilidad con la que se calculan la jubilación máxima y mínima, distorsionando la relación entre ambas.
Para septiembre, por resolución 588/2024 Establécese que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de SEPTIEMBRE de 2024, será de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 234.540,23) y el haber máximo vigente a partir del mes de SEPTIEMBRE de 2024, será de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.578.233,72).
Veamos cómo influyen en el haber mínimo y máximo para nuestras jubilaciones.
El haber mínimo se tiene en cuenta para establecer si pagamos o no ganancias. siendo que el mínimo no imponible se ha establecido en 8 (ocho) jubilaciones mínimas, a partir de esa cifra corresponde abonar ganancias.
En cuanto al haber máximo, es el tope a partir del cuál nos descontarán según art. 9 ley 24463. Se retiene el 15% del excedente de ese tope.
mt = Var. mensual IPC t-2
Donde:
1) “mt” es la movilidad a aplicar en un mes determinado;
Gracias Wilfredo. Muy atento y respetuoso de su parte. Creo haber aclarado todo.
ResponderEliminarHola, en relación al mínimo para pago de ganancia, al ser mayor el mínimo no imponible general, que los 8 haberes mínimos a jubilados, no es para nosotros también el monto que se toma para los solteros en actividad?
EliminarAsí es, si es mayor que los 8 mínimos
EliminarGracias Lucy.Buen día a todos😊
ResponderEliminarGuillermo Francos confirmo que se va a aumentar a los docentes universitarios segun los salarios nacionales.
ResponderEliminarTambien se confirmo que no va a haber mas aumentos a salarios nacionales a partir de noviembre para que la inflacion converga a 0.
Complicado con los peronistas en las cupulas gremiales haciendo nada
Nosotros tenemos una fórmula de aumento.
Eliminarno se si "confirmar" es la palabra pero tambien salio en la LN que ATE/UPCN iban a entrar en la bolsa del congelamiento salarial en fin de año. Pareciera que la idea es que todos los salarios (incluidos los privados) vayan a ese nivel de casi 0. Los trabajadores provinciales quedan mejor parados en mi opinion
EliminarNo esperemos nada bueno de esta administración. Ya vendrá lo peor.
ResponderEliminarPerdón yo recupere mi haber ,respecto de la administración anterior.
EliminarLos números no mienten .
Además sin comunicada de Ctera y demás.
Puede compartir la fuente de Guillermo Francos y los doc universitarios? Gracias
ResponderEliminarA mi entender lo peor ya pasó pr suerte ,no se olviden que los gobiernos anteriores cobrabamos cada 6 meses ,luego 3 , con índice alto de inflacion que hacia que no solo perdiéramos frente a la inflación, sino además perdíamos esperando a cobrar con aumento.
ResponderEliminarEste año va ser el 1ro que los haberes jubilados docentes le ganemos a la inflación.
Ahí que entenderlo de una buena vez ,la inflación debe tender a 0 ( cero) sino los ganadores son siempre lis mismos ,los especuladores.
?? a los universitarios nos estan matando con paritarias menores a la inflación.
EliminarLa inflación a menos que esté dibujada, nunca va a llegar a cero. Esta equivocado el camino para llegar a eso.
ResponderEliminarHola colegas: ayer escuché y luego leí un comentario del Dr. Adrián Troccoli, especialista en previsión , que manifiesta que el descuento del %9 en las jubilaciones docentes no corresponde. Hay jurisprudencia al respecto.
ResponderEliminarÉl dice que el descuento que hace Ansés por los haberes superiores al tope está declarado inconstitucional en muchos casos de Corte. En particular, reafirma, a los docentes no debe aplicarse nunca.
@Adrián Troccoli
Hola. Esta información la publiqué varias veces, agregando que la única forma para que no nos descuenten es litigar.
EliminarHola! Acabo de entrar a ANSES a ver el recibo de septiembre. Está con el aumento correcto En mi caso descuento para PAMI: $ 76.806,18 Saludos a todos!!! Cariños Lucy! Marinés
ResponderEliminarPAMÍ que ya es mucho...
EliminarSi si están los recibos correctos.Pami 86580 en mi caso.Pregunte si podía quitarlo ya que vivo en España,pero nadie sabe que hacer,ni en el consulado Si alguien puede iluminarme lo agradezco.Cariños y feliz día a todos 😀
ResponderEliminarHola Maral. Con el permiso de lucy y el grupo, podria contactarme con uds? Es para hacerle una consulta.Desde ya muchas gracias.
EliminarHola Rosana. Por supuesto te podés comunicar con quienes quieras del grupo. Lo podes hacer públicamente en el blog, o en forma privada, si el colega publica su mail.
EliminarMuchas gracias lucy. Muy amable . Y siempre tan atenta.
EliminarB día. Vi el recibo de setiembre, me descontaron $150000,00 artículo 9. Es un robo
ResponderEliminarHice presentaciones, ahora tendré que litigar. Es un duro camino me dijo el abogado, porque Anses siempre lo recusa y pueden pasar años
Cuanto cobras para que te descuenten ese monto. Cobras como 50000000.
EliminarBuen día a todos. Hoy entré y me fijé en mi recibo. Tal como dijo Lucy en su momento, nuestro aporte al art 9 : Muchísimo! En mi caso,con relación al mes pasado, más del doble. Es decir, nuestro tope lo marca ese artículo, con el que contribuímos "en forma solidaria" con el pago de jubilaciones minimas
ResponderEliminarGracias a Lucy por todos los datos. Y también al resto de los colegas que a veces me clarifican algunos otros temas. SALUDOS! Graciela
Buenos días, Lucy. ¿Para el descuento del art. 9 se toma el haber bruto? Gracias.
ResponderEliminarSí. El bruto.
ResponderEliminarNo entiendo algo. Personas que le descontaron ganancias pagan menos de artículo 9 que yo, que no sé por qué no me descontaron gansncuas. No es ilógico????
ResponderEliminarEn este blog nadie dijo que pago ganancias ,sería bueno sin indicar detalles de un ejemplo.
Eliminar• EXPECTATIVAS
ResponderEliminar• 2024
• CIERRE
• GENERAL : 155%
• RIPDOC : 170%
• RIPDUN : 123%
• Inflación: 125%
• DOLAR : 20%
Gracias Arruebarrena, con el Ripdoc de diciembre estaríamos cercanos al 14% como lo había comentado oportunamente?
EliminarMe parece que hay errores de cálculo en el artículo 9. Con ingreso similar han hecho descuentos totalmente dispares, 150.000$ de diferencia cuando la jubilación varía apenas.
ResponderEliminarEl mínimo no imponible para septiembre 2024 quedó en 2.030.000 sin carga de familia
ResponderEliminarPara jubilados también? No son 8 mínimas?
EliminarEjemplos de descuentos debido al Art. 9
ResponderEliminarSueldo bruto. Jubilación máxima Diferencia 15% Artículo 9
2.578.000 - 1.578.000. = 1.000.000. 150.000
2.378.000. - 1.578.000. = 800.000. 120.000
2.078.000. " = 500.000. 75.000
1.878.000. = 300.000. 45.000
1578.000 = 0. 0
Gracias por los datos.
EliminarTener en cuenta que en octubre y noviembre suben las jubilaciones máximas, por lo tanto el descuento por art. 9 será menor.
La jubilación máxima en octubre será de $1.644.046.- (siempre en bruto).
El primer ejemplo en octubre quedaría así:
Haber bruto 2.578.000-1.644.046=933.954. Descuento por art. 9: 140.093 (15% de la diferencia)
Salió la Ley de Financiamiento Universitario.
ResponderEliminarEs un proceso lento
No dan los tiempos para que impacte en las jubilaciones del 2024.
Por lo pronto RIPDUN DICIEMBRE : 12,9%.
Buen día,art 9 a mi me da bien el cálculo q tengo en el recibo,pero ganancias no me cierra,consulta:en sept descontaron también lo de agosto?porque el aumento es 26,8% y con tanto desc de ganancias en total sólo recibí el 3% con respecto a agosto en el total del sueldo,Mirta
ResponderEliminarLey de Financiamiento Universitario
ResponderEliminar.
En el caso de los salarios, tanto docentes como no docentes, la recomposición se debe calcular en función de la inflación acumulada desde el 1° de diciembre de 2023 hasta la sanción de la Ley. Según los datos publicados por Indec, hasta agosto inclusive, el IPC fue de 144%. Los aumentos otorgados hasta septiembre ascienden a 89,5% (incluyendo septiembre), por ende, los salarios deberían incrementarse 29% si Milei no veta la ley sancionada. A su vez, hacia adelante, debieran aumentarse de manera mensual en función del índice de inflación de dos meses atrás (de igual manera que el Decreto dictado por el presidente para actualizar las jubilaciones).
no se hagan ilusiones con el aumento para universitarios
ResponderEliminarPresupuesto 2025
ResponderEliminarREGLA FISCAL
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Salvo Jubilaciones el resto es DISCRECIONAL
Presupuesto 2025
ResponderEliminar.
Proyecto de Ley
Universidades
Salarios
Docentes y No Docentes
RESUMEN
• Sin recomposicion de pérdida
• Con CONGELAMIENTO de plantas
• Con aumentos DISCRECIONALES
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Inflación presupuestada: 18,5%
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“De no aprobarse el presupuesto, el Gobierno va a prorrogar nuevamente un presupuesto ya prorrogado”
En el proyecto de ley del Presupuesto Nacional NO está contemplado el aumento salarial de docentes y no docentes universitarios porque dice que es selectivo y discrecional ( unos sí y otros no ).
EliminarYa avisó que la va a vetar. No hay plata.
ResponderEliminarNoto que en este blog hay muchos docentes universitarios ,haber si alguien me puede responder
ResponderEliminarCual es el costo o inversión, según cada biblioteca , tiene por cada egresado las diferentes Universidades estatales ,teniendo en cuenta que no es obligatoria.
Otra cosa que quisiera conocer cuantos de esos egresados se desempeñan en actividad privada o en el Estado.
Feliz día profesores!
ResponderEliminarPresupuesto Nacional 2025
ResponderEliminar.
El 18,3% de inflación anual y el dólar de $1.200 genera dudas.
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"La única certeza que surge de este presupuesto es que los docentes y no docentes en 2025 van a tener los mismos salarios que hoy, ni siquiera se contempla la inflación, que se estimó del 18%”, afirmó Víctor Moriñigo, presidente del CIN y rector de la Universidad Nacional de San Luis.
Nota : el proyecto de ley del Presupuesto 25 dice que el aumento salarial es selectivo y discrecional.
Complicado panorama para la educación superior, nadie va a querer ser docente cobrando 200 lucas de cargo inicial. La verdad que es mas efectivo que arancelar
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